En manos del Congreso de Tamaulipas y de la Fiscalía de Justicia del estado, se encuentra el alcalde de Matamoros Mario Alberto López Hernández, después de que el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (Tepjf ) estableció que el Legislativo debe determinar lo que corresponda por haber violado la ley electoral.
Luego de analizar el caso, la Sala Monterrey resolvió que el PAN tenía razón al quejarse de que el Tribunal Electoral del Estado omitió dar vista al Congreso Local como superior jerárquico, de todo lo actuado en el expediente, ante la posible configuración de tipos de responsabilidad diversos al electoral.
“El Tribunal fue omiso en razonar porqué no procedía atender la solicitud del PAN. Se tuvo por acreditada la infracción al párrafo séptimo del artículo 134 de la Constitución federal por parte de Mario Alberto López Hernández en su carácter de presidente municipal de Matamoros”, se lee en la sentencia del TEPJF.
Y es que según el artículo 5, de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, se estima que debe aplicarse lo previsto en el artículo 457, párrafo 1, del mismo ordenamiento, que dispone que cuando las autoridades o los servidores públicos cometan alguna infracción a la legislación electoral se dará vista al superior jerárquico.
Asimismo, en su caso, se presentará la queja ante la autoridad competente por hechos que pudieran constituir responsabilidades administrativas a fin de que se proceda en los términos legales aplicables.
Por tal motivo, se considera que el Congreso del estado, a través de sus comisiones, es la autoridad competente para investigar e imponer las sanciones que correspondan tratándose de las responsabilidades administrativas de los servidores públicos miembros de los Ayuntamientos.
El hecho Previo al proceso electoral de junio de 2019, en que se eligieron diputados locales, el alcalde de Matamoros llamó a no permitir ninguna irregularidad y refrendar el triunfo del 1 de julio de 2018 así como transmitir el mensaje con familiares y amigos a no permitir trampas.
Lo anterior ocurrió el 7 de abril del año pasado, en el centro de convenciones Mundo Nuevo, durante el discurso de toma de protesta a los integrantes de los comités de obra de infraestructura y contraloría social del Ayuntamiento de Matamoros.
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Para el Instituto Electoral de Tamaulipas (Ietam) esas expresiones se equiparaban a una solicitud de apoyo político para repetir el triunfo de la jornada electoral anterior, en que Morena ganó casi todo.
Esa solicitud implícita de apoyo está prohibida para cualquier servidor público, por lo que se consideró un acto de proselitismo de la autoridad municipal en ejercicio de sus funciones. Por lo tanto, determinó que se acreditó la infracción al principio de imparcialidad en el uso de recursos públicos e impuso una sanción económica por 45 mil 624.60 pesos, al tiempo en que dio parte a la Fiscalía de Asuntos Electorales de la Fiscalía General de Justicia del Estado.
Tras una impugnación, el Tribunal Electoral del Estado de Tamaulipas (Trieltam) confirmó la resolución anterior bajo una lógica similar, al señalar que ese mensaje fue un acto de proselitismo donde si bien no llama al voto, sí hizo evidente una solicitud de apoyo político electoral.
Después de ambas resoluciones, el PAN no quedó satisfecho y recurrió al ámbito federal, donde exigió que se diera vista tanto a la Fiscalía de Delitos Electorales, como al Congreso del Estado, sentencia que dio el TEPJF.
ELGH