El Tribunal Federal de Justicia Administrativa (TFJA) ratificó la resolución dictada por la Auditoría Superior de la Federación (ASF) en contra Carlos Aguirre Morales, ex subsecretario de Egresos del gobierno de Veracruz, en el sexenio de Javier Duarte, por lo que deberá pagar 2.5 millones de pesos, monto equivalente al daño patrimonial que causó al erario federal en 2013.
En sesión pública de este miércoles, el pleno del TFJA reconoció la validez de la responsabilidad resarcitoria por 2 millones 565 mil 919 pesos que la Dirección General de Responsabilidades a los Recursos Federales en Estados y Municipios de la ASF impuso al ex servidor público del gobierno veracruzano.
Esa cantidad equivale a los recursos públicos que la Secretaría de Finanzas de Veracruz debió haber regresado a la Tesorería de la Federación, por no haberlos gastado durante 2013, pero no lo hizo.
La ASF encontró que Aguirre Morales incurrió en irregularidades en su carácter de subsecretario de Egresos por las omisiones que causaron ese daño patrimonial a la Hacienda pública federal.
Al proponer validar el fincamiento de responsabilidad resarcitoria impuesto por la ASF, el magistrado Alfredo Salgado Loyo explicó que “al actor no se le sanciona por una omisión en la realización de transferencias bancarias o un indebido manejo de cuentas, sino por la omisión de coordinar, dar seguimiento y coadyuvar para que los recursos no devengados al finalizar el ejercicio fiscal, incluyendo los rendimientos financieros que se hubieran generado, fueran reintegrados a la tesorería en la Federación”.
Salgado Loyo explicó también que el ex funcionario no logró controvertir la conducta imputada, pues no ofreció pruebas o argumentos tendientes a demostrar que, contrario a lo resuelto, sí cumplió con sus funciones de coordinación, seguimiento y coadyuvancia para los que los recursos fueran reintegrados.
“Se considera que sí se acredita su participación directa en la omisión reprochada, pues al tener la calidad de subsecretario de Egresos del mencionado estado, era él a quien le correspondía cumplir con las obligaciones previstas en el numeral 35 del Reglamento de la Secretaría de Finanzas y Planeación del Gobierno del Estado de Veracruz, vigente a la fecha en que ocupó dicho encargo, mismas que no acredita haber cumplido”, dijo Salgado.
El magistrado dijo que el señalado tendrá que pagar el monto imputado, pues la responsabilidad administrativa resarcitoria no está sujeta a los artículos 21 y 22 constitucionales, es decir, “no está sujeta a los principios de proporcionalidad, razonabilidad, individualización y trascendentalidad de la pena, en consecuencia, se propone reconocer la validez de las resoluciones controvertidas”.
JLMR