Por alegar de forma genérica y sin poder comprobar afectaciones concretas, el Tribunal Electoral desechó 677 demandas ciudadanas en contra de la entrada en vigor del llamado Plan B de la reforma electoral.
Ante los llamados de algunas voces de la academia, sociedad civil e incluso del Instituto Nacional Electoral (INE) para que todas las personas acudieran a las instancias correspondientes a impugnar la presunta inconstitucionalidad, afectaciones y regresiones de la reforma electoral, el Tribunal Electoral comenzó a recibir centenas de juicios de los cuales, hoy desechó 677 por falta de elementos.
En proyectos de los magistrados Felipe de la Mata Pizaña y Mónica Soto concluyeron en distintos casos y tras diversos argumentos expuestos, que “no existe un acto concreto e individualizado que afecte de forma directa y personal a las personas accionantes ya que se imputa en abstracto la no conformidad”.
Entre lo alegado en estas centenas de impugnaciones, las personas alegaron que la reforma electoral vulnera sus derechos político-electorales, que los cambios aprobados son regresivos en materia de derechos fundamentales y que inciden en la autonomía del Instituto Nacional Electoral.
Sin embargo, en todos los casos, las magistraturas concluyeron que “el Tribunal Electoral no puede estudiar el fondo de las problemáticas planteadas, ya que en ellas se solicita el análisis de diversas normas electorales por su sola entrada en vigor, es decir, sin un acto concreto de aplicación. Se consideró, además, que el Tribunal Electoral carece de facultades para analizar normas en abstracto, sin que se hubieran aplicado mediante algún acto.
“Por tanto, dado que del decreto impugnado no se advertía un acto de aplicación o una afectación inmediata que permitiera al Tribunal Electoral desplegar un control concreto de constitucionalidad conforme a la Constitución federal, no se pudo estudiar el problema jurídico planteado en esas demandas”.
Mientras que el magistrado Indalfer Infante Gonzáles incluso consideró que en algunos casos, las personas que presentaron ni siquiera tienen legitimación para lo que impugnaron.
El 22 de febrero, MILENIO publicó las vías e instancias por las que se podrían aplicar impugnaciones al Plan B, ante el llamado incluso del consejero presidente del INE, Lorenzo Córdova, para que la ciudadanía se sumara a la batalla jurídica en contra de la reforma electoral.
Tito Garza Onofre, del Instituto de Investigaciones Jurídicas de la UNAM, alertó en ese artículo, que no sería fácil que cualquier persona pudiera acreditar cómo la afectaba la reforma electoral, pues principalmente en el Tribunal Electoral, se analizan normas concretas y daños específicos y directos a personas en particular.
Lo que en su mayoría no puede acreditarse con la simple entrada en vigor de la reforma sino hasta que ésta se vaya aplicando en casos concretos y cada persona acredite cómo es que le afecta en sus derechos particulares, lo que, al menos en estos primeros 677 casos no sucedió.
Con esta resolución, suman 927 juicios electorales desechados, con los 250 que se descartaron en la sesión del 9 de marzo, apenas unos días después de la entrada en vigor del Plan B.