El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF)desestimó la demanda del Partido de la Revolución Democrática (PRD)por haber sido excluido de la integración de la Comisión Permanente del Congreso de la Unión, por considerar que son decisiones parlamentarias que escapan de su ámbito.
El pasado 19 de marzo, la Junta de Coordinación Política (Jucopo) de la Cámara de Diputados publicó en la Gaceta Parlamentaria el acuerdo aprobado por el pleno donde se definieron los 19 integrantes de dicha comisión en la que el PRD no fue incluido.
Un día antes, las diputadas Verónica Juárez Piña y Abril Alcalá Padilla, fueron elegidas por su grupo parlamentario como representantes del PRD ante la Comisión Permanente quienes fueron finalmente excluidas.
Tras analizar el caso, los magistrados determinaron que el acuerdo impugnado, por el cual se determina la integración de la Comisión Permanente tiene una naturaleza parlamentaria, motivo por el cual no puede ser objeto de análisis por parte de esta Sala Superior.
En ese sentido consideraron que el juicio ciudadano es improcedente debido a que el acuerdo impugnado está inmerso en el derecho parlamentario, y determinaron desechar de plano la demanda.
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