Un Tribunal Federal ordenó a la Comisión Federal de Electricidad (CFE) que deje de reducir las pensiones de 15 exempleados que impugnaron la reforma para acabar con las pensiones doradas.
Por unanimidad, el Tercer Tribunal Colegiado en Materia Administrativa con sede en Nuevo León declaró fundado el recurso de queja interpuesto por los jubilados y les concedió la suspensión de plano.
Magistrado calificó de "tortura psicológica" la de reducción de pensiones
Juan Carlos Amaya, magistrado ponente, indicó que el caso está relacionado con adultos mayores y que la reducción de sus pensiones genera un impacto emocional, “lo cual se estima es equiparable al tormento o tortura psicológica”.
“Esto es así dado que tomando en cuenta el marco establecido por la Corte Interamericana de Derechos Humanos y por la Suprema Corte de Justicia de la Nación. Respecto a los derechos de los adultos mayores y de seguridad social, se advierte que la conducta de las autoridades responsables, sin duda alguna es propicia para colocar a los quejosos en un estado de incertidumbre respecto a la forma en que podrán hacer frente a cualquier situación que se presente a partir de este momento, como lo hacen las situaciones propias de atenciones médicas, de alimentación, cuidados propios de la edad, en que cada uno de ellos se encuentra, al igual que sus dependientes económicos”.
Reiteró que la reducción abrupta de la pensión genera un impacto emocional, dado que, sin justificación alguna, no podrán contar con aquellos ingresos que les permitían cubrir las necesidades previamente adquiridas, ya por razón de su edad, por la dependencia económica de quienes lo rodean o por cuestiones de salud, todo lo cual provoca una angustia equiparable al tormento psicológico, prohibido por el 22 constitucional.
La reducción de la pensión se habría emitido sin justificación aparente
El magistrado señaló que la reducción se emitió por una autoridad sin justificación aparente o explicación que permita a los gobernados defenderse frente a dicha reducción, y la materialización de esa disminución en el ingreso del pensionado indudablemente merma su personalidad e integridad física ante la imposibilidad de hacer frente a los padecimientos médicos, alimentación y compromisos generados.
“Aunado a ello, no podemos perder de vista que se trata de un patrimonio elaborado por toda una vida de trabajo y que este se da, y eso lo vuelve más dramático en un tramo de la vida en el que las fuerzas se debilitan, las capacidades también, la posibilidad de allegarse de recursos por el esfuerzo propio también se ve disminuido ante la evidente exclusión en el mercado laboral que se dan de las personas mayores, de ahí que se estime procedente declarar fundado el recurso de queja, revocar el auto impugnado y conceder la suspensión de plano”, expresó.
AH