La Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS) publicó este lunes en el Diario Oficial de la Federación los criterios de inspección en materia de subcontratación relacionados con servicios turísticos y de hospedaje.
El acuerdo refiere que los servicios de limpieza de habitaciones (camaristas), registro y atención a huéspedes, cocineros, cantineros, capitán de meseros, meseros, encargados de lavandería y de ropería, lavalozas, limpieza y cuidados de cocina, reservaciones y cargos de habitación, no se consideran especializados, por tanto, no pueden ser contratados con un tercero, ya que se encuentran vinculadas a su objeto social y actividad económica preponderante de las empresas o personas físicas dedicadas a la industria hotelera.
De esta manera, refirió la Secretaría de Trabajo, las actividades de inspección en materia de subcontratación verificarán que este personal no se encuentre subcontratado, de lo contrario, se estaría violando la ley.
La dependencia aseguró que la reforma en materia de subcontratación tiene como finalidad combatir mecanismos de simulación en la relación laboral, los cuales provocan una afectación directa de los derechos de los trabajadores, por lo que sólo permite la contratación de servicios especializados que no formen parte del objeto social de la empresa contratante.
Estos criterios ya se han emitido con anterioridad de manera específica para la agroindustria, y son un mecanismo para clarificar los alcances de la subcontratación en diversos sectores económicos, y ofrecer certeza a trabajadores y empleadores.
El documento completo se encuentra disponible aquí para su consulta.
JLMR