Vinculan a proceso a ex directora del Deporte en Hidalgo y dos funcionarios por discriminación

Fueron vinculado a proceso este jueves por el delito de discriminación agravada en contra del menor de edad con síndrome de down

Ex directora del Instituto Hidalguense del Deporte es vinculada a proceso.
Alejandro Reyes
Pachuca /

La ex directora del Instituto Hidalguense del Deporte (Inhide), Fátima Lorena B.P., Gustavo B.P. y Andrea S.M., fueron vinculados a proceso por un juez la madrugada de este jueves por el delito de discriminación agravada en contra del menor de edad con síndrome de down A.D.R.R. a quien se le impidió nadar en una alberca olímpica junto a otros menores sin discapacidad como lo habían solicitado sus padres.

A Fátima Lorena B.P., hija del ex secretario de Turismo, Eduardo Baños Gómez, le fue dictada la medida cautelar de no acercarse a la víctima ni al Instituto Hidalguense del Deporte.

En tanto a Gustavo B.P. y Andrea S.M., quienes son trabajadores del Inhide, se les impuso como medida cautelar no acercarse a la víctima, no acercarse al Instituto y la suspensión temporal de ejercicio del cargo.


Zorayda Robles Barrera y Neptalí Reyes Bolaños, padres del menor de edad, pidieron al Instituto Hidalguense del Deporte en 2018 incluir a su hijo en el grupo de nado de personas sin discapacidad para avanzar en su desarrollo, solicitud que no fue atendida por el entrenador Gustavo B.P. así como la coordinadora Andrea S.M., y lo enviaron con el grupo de personas con discapacidad.

Tras la vinculación a proceso de la ex directora del Inhide en el gobierno de Omar Fayad Meneses y los dos funcionarios del Instituto el juez fijó tres meses para la investigación complementaria del caso.

El Código Penal para el Estado de Hidalgo establece que comete el delito de discriminación quien por razones de origen o identidad indígena o nacional, sexo, identidad de género, preferencia u orientación sexual, edad, discapacidad, condición social o económica, trabajo, profesión, escolaridad, estado de salud, embarazo, lengua, religión, opiniones, estado civil, identidad política, apariencia física, características genéticas, situación migratoria o de otra índole, que atente contra la dignidad humana, anule o menoscabe los derechos y libertades de otra persona o grupo.

Esto a través de las siguientes conductas: niegue o retarde un servicio o una prestación a la que tenga derecho; niegue o restrinja sus derechos laborales; niegue o limite el acceso a un servicio de salud; provoque o incite al odio o a la violencia; o veje o excluya a alguna persona o grupo de personas.

Así al responsable del delito de discriminación se impondrá de uno a tres años de prisión y multa de ciento cincuenta a trescientas veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización.

El Código Penal precisa que se aumentará hasta en una mitad la punibilidad que corresponda, cuando la comisión del delito de discriminación sea cometido por un servidor público, imponiéndose además la destitución e inhabilitación para el desempeño de cualquier, empleo, cargo o comisión públicos, por un tiempo igual al de la pena de prisión impuesta.

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