Zhenli Ye Gon seguirá acumulando más procesos penales en su contra

El delito que merece la pena mayor, es el de delincuencia organizada con la finalidad de cometer delitos contra la salud, ya que tiene una penalidad de 20 a 40 años de prisión.

Zhenli Ye Gon seguirá en prisión; SCJN rechaza amparo
Rubén Mosso
Ciudad de México /

Un Tribunal Federal echó abajo las pretensiones del empresario mexicano de origen chino Zhenli Ye Gon, quien buscaba no continuar enfrentando más delitos, de los cuales lo responsabilizó la entonces Procuraduría General de la República (PGR).

Por unanimidad, el Cuarto Tribunal Colegiado en Materia Penal en el Estado de México, confirmó de manera definitiva que las reglas de prescripción, en caso de concursos de delitos previstas en el artículo 108 del Código Penal Federal, fueron adecuadamente aplicadas a Zhenli, motivo por el cual seguirá acumulando más procesos penales en su contra.

En 2020, el empresario llevó su caso a la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), pero la Primera Sala confirmó la constitucionalidad del artículo y devolvió el asunto al Tribunal Federal para resolver cuestiones de legalidad.

Zhenli Ye Gon solicitó la prescripción de la acción penal por dos delitos de posesión de armas de fuego y uno por cartuchos útiles, ambos de uso exclusivo de las Fuerzas Armadas, derivados de una orden de aprehensión que se libró el 13 de junio de 2007 y que se cumplimentó el 18 de octubre de 2016, habiendo trascurrido nueve años, cuatro meses, cinco días.

Sin embargo, la jueza Cuarto de Distrito de Procesos Penales Federal respondió que no era procedente su petición. Añadió que la defensa del empresario pasó por alto que a Ye Gon se le instruyen también los siguientes ilícitos: cinco delitos contra la salud en diversas modalidades; dos por delincuencia organizada y uno por operaciones con recursos de procedencia ilícita.

“Por tanto, en términos del artículo 18 del Código Penal Federal, en esta causa penal se está en presencia de un concurso de delitos, y en consecuencia, para que hubiera prosperado la prescripción de la acción penal, lo jurídicamente procedente hubiera sido que no se cumplimentara la orden de aprehensión que se libró en contra del encausado Zhenli Ye Gon, hasta que prescribiera el delito que merezca la pena mayor, en términos del artículo 108 del citado ordenamiento legal, lo cual no aconteció debido a la intervención oportuna de quienes se ocuparon de dar cabal cumplimiento a la orden de aprehensión de mérito”, indicó la juez.

Ante esta situación, Zhenli se amparó, pero Adrián Rivera López, juez Segundo de Distrito en Materia de Amparo y Juicios Federales en el Estado de México, le negó la protección de la justicia

Rivera López indicó que en este asunto se está en presencia de un concurso de delitos y “para que hubiera prosperado la prescripción de la acción penal, lo jurídicamente procedente hubiera sido que no se cumplimentara la orden de aprehensión que se libró en contra del encausado aquí quejoso, hasta que prescribiera el delito que merezca la pena mayor, en términos del artículo 108 del citado ordenamiento legal, lo cual, como lo refirió acertadamente el juez responsable, no aconteció debido a la intervención de quienes se ocuparon de dar cabal cumplimiento a la orden de aprehensión”.

El delito que merece la pena mayor, es el de delincuencia organizada con la finalidad de cometer delitos contra la salud, ya que tiene una penalidad de 20 a 40 años de prisión y su término medio aritmético es de 30 años.

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