Desde abril de 2022 en Hidalgo se considera discriminación negar el acceso a los distintos espacios públicos y privados a las personas con alguna discapacidad que utilicen perros guía, mientras que en Pachuca tienen acceso a todos los lugares y servicios públicos sin excepción alguna.
Esto tras la aprobación, con 21 votos a favor de los diputados locales a la reforma a Ley para Prevenir, Atender, Sancionar y Eliminar la Discriminación en el Estado de Hidalgo el 28 de marzo de 2022, la cual entró en vigor el 13 de abril de ese mismo año y el Reglamento para el Bienestar de Perros, Gatos y demás Animales del Municipio de Pachuca de Soto.
Este miércoles 26 de abril se conmemora el Día Internacional de Perro Guía, con el cual se conmemora el papel que desempeñan los perros para ayudar a las personas invidentes o con discapacidad visual que dependen de ellos a diario.
De acuerdo con el Decreto de la reforma a la Ley, un perro guía es aquel que ha sido especialmente adiestrado para ayudar a una persona ciega o con debilidad visual a desplazarse a diferentes lugares tanto dentro de su hogar como en la calle.
Estos perros, precisa, saben perfectamente cómo deshacerse de un obstáculo, caminar en una línea totalmente recta marcado por el paso del dueño en cuestión, alertar a su dueño cuando hay una banqueta, el comienzo de escaleras, los desniveles del pavimento, y desde luego tomar decisiones en caso de que haya algún tipo de peligro. Pueden incluso llegar a desobedecer a su dueño con tal de salvarlo, como por ejemplo si se aproxima un vehículo al cruzar una calle.
Ley para Prevenir, Atender, Sancionar y Eliminar la Discriminación en el Estado de Hidalgo establece que se considera como discriminación negar o impedir el acceso a personas con discapacidad o usuarias de perros guía o animal de servicio, en todos los espacios en donde se desenvuelvan.
La discriminación, precisa la Ley, es toda conducta activa u omisiva que en forma de preferencia, distinción, exclusión, repudio, desprecio, rechazo o restricción, dirigida a una persona o grupo, con intención o sin ella basada en su origen o identidad indígena o nacional, sexo o género, edad, discapacidad, condición social, económica, de salud física o mental, jurídica, embarazo, lengua, idioma, cultura, religión, opiniones, preferencia sexual, estado civil, situación familiar, responsabilidades familiares, identidad o filiación política, apariencia física color de piel, forma de vestir, actuar, gesticular, por tener tatuajes o perforaciones corporales, características genéticas, situación migratoria, embarazo, lactar en espacios públicos, privados y laborales, los antecedentes penales o cualquier otra que tenga por efecto negar, obstaculizar, restringir, impedir, menoscabar o anular el reconocimiento, goce o ejercicio de sus derechos humanos y libertades, en condiciones de equidad e igualdad.
En tanto, el Reglamento para el Bienestar de Perros, Gatos y demás Animales del Municipio de Pachuca de Soto, Hidalgo señala que los perros y gatos de guía, terapia o de soporte emocional, o aquellos que por prescripción médica deban acompañar a alguna persona y que se encuentren certificados por expertos acreditados, tienen libre acceso a todos los lugares y servicios públicos sin excepción alguna.