Implemente NL zonas de veda para uso de fuego

En el decreto se pide a los municipios sancionar, conforme a la ley, a las personas que realiza un fogatas y utilicen vehículos todo terreno.

Estas nuevas medidas serán implementadas a partir de este jueves y hasta el 31 de agosto | Especial
Orlando Maldonado
Monterrey, Nuevo León /

Ante los recientes incendios forestales que han afectado a familias que viven en las sierras y zonas arboladas, el Gobierno del Estado publicó este miércoles un decreto en el cual estableció las zonas de veda de uso de fuego.

De acuerdo con el Periódico Oficial del Estado, las zonas que quedaron en condición de veda son: todos los ecosistemas forestales, siendo estos las áreas cubiertas de vegetación, árboles, pastizales, maleza, matorrales y, en general, en cualquiera de los diferentes tipos de asociaciones vegetales en terrenos forestales o preferentemente forestales del Estado de Nuevo León.

"Se prohíbe el uso de fuego en las zonas de veda a que se refiere el numeral anterior en las siguientes modalidades: fogatas a cielo abierto para recreación, preparación de alimentos, chamusco de nopales y maguey, festejos campestres y demás de naturaleza semejante a las enunciadas.
"Quemas para la preparación de forrajes para el ganado, el mantenimiento de caminos y brechas de conducción eléctrica, los esquilmos agrícolas en áreas aledañas a zonas con vegetación, basura o desperdicios contaminantes y demás de naturaleza similar a los enunciados.
"Actividades recreativas como encender cualquier tipo de globo aerostático qué para su manejo debe utilizarse el fuego y encender cualquier tipo de fuego que pudiera poner en riesgo a los seres vivos, al medio ambiente y a los recursos naturales", refiere la publicación.

En el documento aclararon que se eximen de estas prohibiciones las fogatas y quemas que se realicen en áreas que cumplan con los requisitos mínimos de seguridad y de control de fuego bajo la absoluta responsabilidad de quien o quienes lo estén utilizando previa inspección y autorización expedida por la Corporación para el Desarrollo Agropecuario de Nuevo León, la cual, deberá solicitarse por lo menos con 10 días hábiles de anticipación de dicha actividad.

De igual forma, en el decreto se pide a los municipios sancionar, conforme a la ley, a las personas que realiza un fogatas y utilicen vehículos todo terreno.

En ese tenor, prohíben el uso de vehículos recreativos todo terreno, en terracerias, en las zonas de veda de uso de fuego.

Por último, estas nuevas medidas serán implementadas a partir de este jueves y hasta el 31 de agosto de este mismo año.


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