Busca PRI cuidar a los abuelitos de agandalle patrimonial

Se les debe notificar la posibilidad de incluir la cláusula de “usufructo vitalicio” para evitar ser despojados de sus bienes.

Heriberto Treviño Cantú, informó que presentará una iniciativa de reforma al Código Civil y a la Ley del Notariado. Foto: Especial
Kevin Recio
Monterrey /

Para que antes de realizar un contrato de donación, la Notaría Pública tenga la obligación de notificar a las personas de la tercera edad la posibilidad de incluir la cláusula de “usufructo vitalicio”, la cual busca impedir el despojo de sus bienes, el coordinador de la bancada del PRI en el Congreso local, Heriberto Treviño Cantú, informó que presentará una iniciativa de reforma al Código Civil y a la Ley del Notariado.

El líder del PRI alertó que cada vez son más comunes los casos de adultos mayores que sufren delitos patrimoniales, poco después de haber dispuesto el futuro de sus bienes con anticipación.

“Por sus condiciones de edad, salud y cuidados especiales las personas mayores de 60 años son propensos a ser sujetos de abuso por parte de sus propios familiares, desafortunadamente y en ocasiones, son víctimas de despojo o abandono, por lo que estimamos que al constituir un grupo vulnerable merecen especial protección por parte de la ley y los órganos del Estado”, indicó el priista.

De acuerdo al Informe Especial sobre la Situación de los Derechos Humanos de las Personas Adultas Mayores en México, elaborado por la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH) en 2019, sostuvo Treviño, refiere que de más de 10 mil averiguaciones previas, el 57 por ciento fueron por delitos patrimoniales, entre los que destaca el despojo.

“Con esta propuesta queremos prevenir que nuestros adultos mayores sean víctimas de engaños, abusos o abandono, ya que el Estado privilegiaría su protección con apoyo de los Notarios Públicos, para que subsista el usufructo vitalicio de sus bienes, a pesar de haber cedido en vida los mismos”.
“Cabe aclarar que la figura jurídica de ‘usufructo vitalicio’ no restringe los derechos del donante, ni de los beneficiarios, sino que privilegia el derecho de la persona adulta mayor de seguir gozando de los bienes que durante el transcurso de su vida logró conformar como parte de su patrimonio”, enfatizó.

La iniciativa pretende otorgar a los Notarios Públicos la facultad de negarse a efectuar alguna acción legal que perjudique el patrimonio de los adultos mayores.

“Los Notarios podrían abstenerse de prestar sus servicios cuando se adviertan algún acto o hecho flagrante que perjudique la seguridad patrimonial de una persona mayor”, destacó.

Por último, dijo que se reformaría el Artículo 2241 Bis del Código Civil y el Artículo 78 de la Ley del Notariado del Estado.

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