En Coahuila, por decreto firmado por el gobernador Miguel Ángel Riquelme Solís, a partir del sábado 25 de abril se sancionará a los ciudadanos que no acaten las disposiciones preventivas para evitar contagio por el nuevo coronavirus SARS-CoV-2 que provoca la enfermedad covid-19, como es el uso obligatorio de cubre bocas en la vía y espacios públicos, así como transitar en la calle sin justificación de una actividad esencial.
Así se establece en la publicación de dicho documento en el Periódico Oficial del Estado el cual advierte que quienes desacaten los lineamientos trazados en el Decreto del Ejecutivo del Estado, se harán acreedores a llamados de atención e incluso a sanciones que establecen la ley Estatal de Salud y la Ley de Protección Civil para el Estado de Coahuila que van desde la amonestación hasta una multa.
En entrevista, el gobernador manifestó que dichos decretos tienen la intención de respaldar las acciones de los alcaldes que en cada región están implementando las acciones pertinentes para reducir y contener los contagios, como el caso de Monclova y municipios de la región Centro, en donde los comercios trabajarán en horario corrido y hasta las 16:00 horas.
Se precisa la obligatoriedad del uso de cubre bocas en la vía y espacios públicos, centros comerciales así como para los operadores y pasajeros del transporte público, y choferes del servicio de carga e incluso para automovilistas particulares, así como salir a la calle si justificar su tránsito y no ser parte de una actividad esencial.
En la región Sureste se dispuso aplicar multas a negocios con actividades no esenciales que permanezcan abiertos a partir del lunes 27 de abril, al señalar que sólo algunos giros podrán continuar operando.
Asimismo, las y los servidores públicos en funciones, deberán utilizar obligatoriamente los cubre bocas, y las dependencias difundirán con amplitud las medidas preventivas para evitar la propagación del coronavirus en nuestro territorio.
Se definen mecanismos para la elaboración de estos protectores en casa, y se especifica que aquella persona que no acate esta disposición será sancionada de acuerdo a lo establecido en el Título Décimo Quinto de la Ley Estatal de Salud que habla del aislamiento y cuarentena por una epidemia grave.
Sólo se permitirá el tránsito de actividades esenciales
Por otra parte, el Ejecutivo del Estado también promulgó el Decreto sobre las disposiciones relativas a la movilidad de las personas en Coahuila durante la contingencia sanitaria por el covid-19.
"Sé que la movilidad de las personas sólo podrá llevarse a cabo para la ejecución de actividades esenciales; el acudir a instituciones de salud; el desempeño de labores relacionadas con la defensa de los derechos humanos; periodistas; sindicatos y servicios relacionados con la asistencia social".
En este sentido, se estableció la ubicación estratégica de filtros sanitarios y la regulación del tránsito de personas, tanto en vías interiores de los 38 municipios como en carreteras estatales y aquellas convergentes con la entidad, en un marco de cordialidad y con pleno respeto a los derechos humanos.
Además, se establece que la movilidad de las personas sólo podrá llevarse a cabo para la ejecución de actividades esenciales; el acudir a instituciones de salud; el desempeño de labores relacionadas con la defensa de los derechos humanos; periodistas; sindicatos y servicios relacionados con la asistencia social.
Finalmente se informa que en los casos que considere la Secretaría de Seguridad Pública se acordará el cierre de carreteras estatales, y restringir la circulación vehicular en pleno respeto a los principios de derechos humanos.
Los términos precisos de ambos lineamientos, pueden consultarse en la Página de Internet del Gobierno del Estado: , y en la del Periódico oficial del estado.
EGO