La muerte es algo inevitable, sin embargo, cuando es a consecuencia de un virus se deben de seguir protocolos especializados a fin de evitar riesgos sanitarios para la población.
La Secretaría de Salud de Guanajuato a través de la Dirección Contra Riesgos Sanitarios ha emitido un documento en el cual se establecen los “Lineamientos para el Manejo de cadáveres de pacientes infectados con coronavirus (COVID-19)”.
En este documento se recomienda la incineración de los cuerpos de pacientes que hayan perdido la vida y tuvieron esta enfermedad.
“Si un paciente con COVID-19 muere durante el periodo infeccioso, los pulmones y otros órganos todavía pueden contener virus vivos, por lo que el manejo del cadáver debe efectuarse por personal que cuente con el equipo de protección personal adecuado para que la introducción al féretro sea segura”, señala el documento.
En el protocolo se refiere que existe un riesgo de transmisión de enfermedades infecciosas asociadas con el manejo de cadáveres y puede ser amplificada por el incumplimiento de las precauciones estándar y basadas en mecanismos de transmisión, especialmente en entornos sanitarios.
Estos lineamientos son aplicables en todos los establecimientos que presten servicios funerarios del estado de Guanajuato, los cuales podrán ser modificados de acuerdo al panorama epidemiológico, con base en el Reglamento de la Ley General de Salud en materia de Control Sanitario de la Disposición de Órganos, Tejidos y Cadáveres de Seres Humanos.
Aislamiento del cadáver e introducción en el féretro
Como primer punto se establece que el cadáver debe permanecer en la zona de aislamiento o en el mortuorio hasta que sea introducido al féretro.
Y se respetará “el derecho de los familiares si desean ver el cadáver antes de su retiro de la zona de aislamiento”, refiere el documento.
Sin embargo, habrá un protocolo a cumplir:
Lavado de manos, uso adecuado de equipo de protección personal (bata desechable, guantes y mascarilla) y evitando el contacto con el cadáver, objetos y superficies de su entorno.
También el cuerpo deberá introducirse en una bolsa para cadáver, lo que evitará un contacto directo al momento de colocarlo en el féretro.
Posteriormente se deberá cerrar el féretro y asegurar la inexistencia de fisuras.
Y posteriormente el exterior del féretro y la camilla de transporte metálica proporcionada por el servicio funerario deben desinfectarse se recomienda aplicar soluciones de uso hospitalario o una solución de hipoclorito de sodio que contenga cloro.
Lo que debe hacer la funeraria para un correcto traslado del cadáver
1. El personal de la funeraria que traslade el féretro deberá aplicar las medidas de prevención: lavado de manos, uso adecuado de equipo de protección personal: bata desechable o delantal de manga larga, guantes y mascarilla.
2. Antes de ingresar el féretro al vehículo de transporte, el personal de la funeraria realizará una nueva desinfección de la superficie externa del féretro y de la camilla de transporte metálica, con un desinfectante de uso hospitalario
3. La manipulación extrahospitalaria del cadáver se deberá evitar, por lo que no se recomienda realizar prácticas de embalsamiento, tanatopraxia y/o tanatoestética.
Dependiendo la última voluntad de la persona o lo acordado por los familiares se deberán de aplicar protocolos para el destino final del cadáver
Incineración del cadáver
1. El féretro será conducido directamente al horno crematorio para la incineración inmediata del cadáver por razones sanitarias.
2. La incineración será en una instalación autorizada (horno crematorio), ubicada lo más próxima posible a la Unidad de Atención Medica de salida. Se deberá avisar en el caso de que el paciente sea portador de estimuladores cardiacos (marcapasos) u otros aparatos electrónicos.
3. El proceso de incineración deberá llevarse a cabo de acuerdo a los procedimientos estándar establecidos y autorizados, con los que cuente el establecimiento.
4. Es responsabilidad de la empresa funeraria establecer el procedimiento a seguir en el caso de cualquier incidencia o accidente durante el traslado y destino final.
Si el destino final es la inhumación, se deberá considerar lo siguiente:
1. El féretro será conducido preferentemente al panteón para la inhumación inmediata del cadáver por razones sanitarias.
2. La inhumación será en una instalación autorizada (panteón), ubicada lo más próxima posible a la Unidad de Atención Medica de salida.
3. Es responsabilidad de la empresa funeraria, establecer el procedimiento a seguir en el caso de cualquier incidencia o accidente durante el traslado y destino final.
La Secretaría de Salud recomienda que en caso de celebrar servicios funerarios, las ceremonias deberán ser sencillas, privadas y breves, con el propósito de limitar expresión de emociones y afectos que puedan generar contacto físico.
Es indispensable:
*Contar con filtros sanitarios al ingreso de las diferentes áreas.
*Aplicar las medidas de sana distancia, evitando la aglomeración de personas.
*Garantizar el abasto de insumos para el lavado de manos.
*Realizar acciones de limpieza y desinfección constante de todas las áreas.
*En todo momento el féretro deberá permanecer cerrado.