¿Cuántas personas esperan un trasplante de órgano en Jalisco?

Hay varios requisitos para una donación de órganos, ya sea de personas vivas o donantes cadavéricos y aquí te decimos qué dice la ley.

Donación de órganos en Jalisco: ¿cuáles son los requisitos y cuántos hay en lista de espera? (Cortesía )
Milenio Salud
Guadalajara /

El Hospital Civil de Guadalajara hizo una invitación a la comunidad a participar en la campaña “Por la vida yo digo sí”, en la que se hace un llamado a la toma de conciencia y sensibilización de la donación cadavérica y en vida.

En el marco del Día Nacional de la Donación y Trasplante de Órganos y Tejidos, el director de ese nosocomio, Rafael Santana Ortiz, informó que existen dos formas de donación: la cadavérica y en vida.


La primera tiene dos vertientes, muerte por paro cardiorespiratorio, en la que sólo se pueden donar tejidos como córneas, y la muerte encefálica, donde se puede donar corazón, hígado, pulmones, páncreas y tejidos.

¿Cómo se puede donar un órgano?

Aquellas personas que desean donar en vida, deben de pasar por estudios para saber si son candidatos y a su vez encontrar al paciente que pueda ser compatible con ese órgano; en estos casos se puede donar un riñón y parte del hígado.

En cuanto a la decisión de donación cadavérica, esta es tomada por el familiar más cercano, aun cuando la persona fallecida tuviera su tarjeta de donador voluntario, declaró el coordinador hospitalario de Donación y Procuración de Órganos y Tejidos del Nuevo Hospital Civil de Guadalajara, Félix Iván Barajas Calderón.

“Existen dos maneras de ser donante cadavérico: la tácita, en la que el posible donador no ha manifestado su aprobación ni negación para que sus órganos sean utilizados para trasplante, por lo que se acude a los familiares para la autorización. Y la expresa, en la que la donación es manifestada de forma explícita a voluntad, y puede ser amplia o limitada”, dijo.

¿Cuántas personas están en lista de espera por un órgano en Jalisco?

En México se tiene una lista de espera de 19 mil 570 personas que espera un órgano, y en Jalisco de 6 mil 326, principalmente de riñón, córneas, hígado o corazón.

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Cabe destacar que de las 6 mil 326 personas que esperan un trasplante en Jalisco, 5 mil requieren un riñón, 620 córnea, 33 hígado y cuatro están a la espera de otro órgano o tejido.


En el Hospital Civil de Guadalajara la lista de espera era de 210 personas hasta el 31 de agosto, sólo por debajo del Centro Médico de Occidente del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), que tiene una lista de 5 mil 850 personas


¿Cuáles son los requisitos para la donación de órganos?

Según el artículo 333 de la Ley General de Salud, para donantes vivos deberán cumplirse los siguientes requisitos:

  • Ser mayor de edad y estar en pleno uso de sus facultades mentales;
  • Donar un órgano o parte de él que al ser extraído su función pueda ser compensada por el organismo del donante de forma adecuada y suficientemente segura;
  • Tener compatibilidad aceptable con el receptor;
  • Recibir información completa sobre los riesgos de la operación y las consecuencias de la extracción del órgano o tejido, por un médico distinto de los que intervendrán en el trasplante;
  • Haber otorgado su consentimiento en forma expresa, en términos de los artículos 322 y 323 de la ley
  • Los trasplantes se realizarán, de preferencia, entre personas que tengan parentesco por consanguinidad, civil o de afinidad.
  • En caso que no exista el parentesco, el receptor del órgano deberá tener un historial clínico en el país de al menos seis meses.
  • Los establecimientos de salud en los que se realicen trasplantes deberán constatar que no existan circunstancias que hagan presumir una simulación jurídica o comercio de órganos y tejidos.

Para donantes cadavéricos, lo requisitos son:

  • Comprobar, previamente a la extracción de los órganos y tejidos y por un médico distinto a los que intervendrán en el trasplante o en la extracción de los órganos o tejidos, la pérdida de la vida del donante, en los términos que se precisan en este título
  • Existir consentimiento expreso del disponente, que conste por escrito o no constar la revocación del tácito para la donación de sus órganos y tejidos;
  • Proporcionar información completa, amplia, veraz y oportuna al o la cónyuge, el concubinario, la concubina, los descendientes, los ascendientes, los hermanos, el adoptado o el adoptante de la persona fallecida, conforme a la prelación señalada, de los procedimientos que se llevarán a cabo, y
  • Asegurarse que no exista riesgo sanitario.

SRN


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