A ocho días de iniciada la Fase 3 de la contingencia sanitaria a nivel nacional, la Secretaría de Salud Hidalgo (SSH) publicó el acuerdo por el que se establece el uso del cubrebocas como medida preventiva de alto impacto complementaria contra la propagación del covid-19 en el estado.
Así durante el tránsito y desplazamiento de un lugar a otro, el acceso a instituciones públicas o privadas, transporte, centros y cadenas comerciales, las personas procurarán hacer uso de un cubrebocas.
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El acuerdo, publicado este martes en el Periódico Oficial del Estado de Hidalgo (POEH), establece que el uso de cubrebocas es, en combinación con otras medidas de prevención como es la sana y el lavado frecuente de manos, una medida de alto impacto complementaria a las medidas establecidas en el “Operativo Escudo por un Hidalgo Seguro”, así como de las señaladas por las autoridades sanitarias federales para evitar la propagación de virus SARS-CoV2, por lo que los sectores público, social y privado participarán en su promoción.
Para el uso correcto del cubrebocas debe tomarse en cuenta lo siguiente: se recomienda su uso en entornos públicos donde otras medidas de distanciamiento social son difíciles de mantener, especialmente en áreas de transmisión significativa basada en la comunidad; además de que se cubra boca y nariz.
Su uso no sustituye la Jornada de Sana Distancia y no lo usarán niños menores de dos años de edad o personas que tengan dificultades para respirar, o que por algún motivo no puedan quitarse la mascarilla sin asistencia.
El uso del cubrebocas no implica dejar de observar el resguardo domiciliario corresponsable.
Asimismo, los trabajadores de los sectores público, privado y social en cualquiera de sus modalidades, que por razón de sus actividades deban acudir a los centros de trabajo y no tengan la posibilidad de laborar vía remota, procurarán hacer uso de cubrebocas en los horarios de su jornada laboral o durante el tiempo que se encuentren dentro de ellas.
El personal de salud, seguridad pública y aquellos que presten servicios públicos en el estado de Hidalgo deberán utilizar cubrebocas en el ejercicio de sus funciones de acuerdo a las recomendaciones técnicas correspondientes.
El personal que labore en todos los centros de abasto, establecimientos comerciales, o aquellos que manejen alimentos deberán utilizar correctamente el cubrebocas y procurarán que los clientes o visitantes lo utilicen correctamente mientras se encuentren dentro de las instalaciones. En caso de que los clientes o visitantes no cuenten con cubrebocas se procurará proporcionar uno para su acceso.
Los operadores de los vehículos del servicio público de transporte de pasajeros, tanto convencional, como masivo, cualquiera que sea su modalidad y tipo de servicio, deberán hacer uso del cubrebocas y promover su adecuada utilización.
Asimismo todos los usuarios de los servicios de transporte público en cualquiera de sus modalidades procurarán el uso del cubrebocas, en todo momento durante su viaje en turno.
El incumplimiento de cualquiera de las medidas del acuerdo cuerdo, dependiendo del caso, será sancionado por la autoridad sanitaria competente, conforme a las disposiciones jurídicas aplicables.