Después de cuatro años de proceso, la jueza del caso dictó sentencia condenatoria contra los elementos de la Guardia Nacional Jesús Ángel Ávila Gómez e Iván Ibarra Blanco por los hechos registrados en abril de 2022 en Irapuato, donde murió el estudiante Ángel Yael Ignacio Rangel y otros jóvenes resultaron lesionados.
Durante la audiencia de individualización de sanciones, Jesús Ángel Ávila Gómez fue sentenciado a 54 años, 3 meses y 2 días de prisión, además de una multa de 2 mil 405 pesos.
La resolución judicial establece que la pena derivó del concurso ideal de delitos relacionado con homicidio calificado consumado y tentativa de homicidio calificado.
La jueza consideró como agravantes que el elemento utilizó un arma calibre .308, considerada de mayor lesividad, además de contar con mayor adiestramiento en el uso de armamento y desempeñarse como servidor público encargado de la protección de la ciudadanía.
También determinó que disparó contra civiles desarmados sin existir un riesgo actual, real o inminente y sin agotar los niveles del uso de la fuerza.
En el caso de Iván Ibarra Blanco, la autoridad judicial impuso una pena de 33 años y 2 días de prisión, además de una multa de 2 mil 405 pesos.
La jueza resolvió que en su caso no se configuró el concurso ideal de delitos, debido a que su conducta únicamente puso en peligro el bien jurídico tutelado, ya que uno de los disparos quedó alojado en la bocina del vehículo donde viajaban las víctimas.
El tribunal consideró que sería desproporcional imponer la misma sanción a quien privó de la vida a una persona y a quien únicamente generó una situación de riesgo.
Por el delito de daños, ambos elementos fueron condenados a 6 meses y 2 días de prisión, además de otra multa de 2 mil 405 pesos.
Durante la audiencia, la jueza también concedió diversas medidas de reparación del daño a favor de las víctimas directas e indirectas.
Para los padres de Ángel Yael se ordenó atención psicológica y psiquiátrica, compensación por daño moral, gastos funerarios, terapias y honorarios legales, además de una disculpa pública por parte de los sentenciados y de la Guardia Nacional mediante un comunicado oficial.
En el caso de Aarón Eduardo Ramírez Jorge, sobreviviente de los hechos, se ordenó atención psicológica, apoyo educativo para cursar estudios de maestría, reparación por daño moral y el pago de gastos médicos, psicológicos, psiquiátricos y honorarios legales acreditados por 250 mil pesos.
Para Laissa Murillo Vega se ordenó atención psicológica y psiquiátrica, reparación del daño moral y cobertura de tratamientos médicos y honorarios legales también acreditados por 250 mil pesos.
Asimismo, la jueza ordenó reparar los daños materiales ocasionados a la camioneta propiedad de Genoveva Jorge Sánchez, madre de Aarón Eduardo.
La autoridad judicial aclaró que no se fijaron montos específicos de reparación del daño debido a que la cuantificación deberá resolverse durante la etapa de ejecución penal mediante un incidente de reparación del daño contemplado en la Ley Nacional de Ejecución Penal.
La jueza señaló que durante el juicio quedó acreditada la gravedad del daño, el cual calificó como “gravísimo”, aunque indicó que todavía deberán presentarse pruebas adicionales para determinar conceptos como proyecto de vida, lucro cesante y pérdida total del vehículo.
Además, se decretó la responsabilidad solidaria del Estado mexicano, por lo que la Guardia Nacional deberá cubrir de manera solidaria los gastos relacionados con la reparación del daño.