Comisión de Justicia avala matrimonio entre personas del mismo sexo en Guanajuato

Dentro de la propuesta que establece que el matrimonio es la unión libre de dos personas, se elimina el término “Igualitario”.

Comisión de Justicia de Guanajuato avala matrimonio igualitario | Especial
Guanajuato /

Con tres votos a favor (1 de Morena, 1 del PRI y 1 del PAN) y dos en contra, ambos del PAN, la Comisión de Justicia del Congreso de Guanajuato aprobó el dictamen en sentido positivo para reconocer el matrimonio entre personas del mismo sexo. En la propuesta se elimina el término “igualitario.

La votación estuvo marcada por un momento de confusión protagonizado por el diputado panista Rolando Alcantar, quien levantó y bajó la mano de manera intermitente, lo que generó dudas en el conteo final. Sus compañeras de bancada, Susana Bermúdez y Jared González, reiteraron su voto en contra.

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El dictamen, que ahora será enviado al pleno, establece que el matrimonio es la unión libre de dos personas, cuyo propósito es conformar una comunidad de vida basada en el respeto, la igualdad y la ayuda mutua. Además, se elimina del texto normativo la referencia a “marido y mujer” para sustituirla por el término “cónyuges”.

Al respecto, la presidenta de la Comisión, Eugenia García Oliveros, detalló que se buscará que este dictamen sea sometido a votación en la sesión ordinaria de la próxima semana. Para su aprobación se requiere mayoría simple, por lo que bastarán 19 votos para que el reconocimiento del matrimonio entre personas del mismo sexo quede plasmado en el Código Civil del Estado.

Sancionarán con hasta seis años de cárcel las terapias de conversión

La Comisión de Justicia también aprobó en sentido positivo la iniciativa para sancionar en Guanajuato las llamadas “terapias de conversión”, aunque la medida aplicará únicamente cuando las víctimas sean menores de edad.

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La redacción establece que quien imparta u obligue a un menor de edad o a una persona incapaz a recibir esfuerzos para modificar su orientación sexual, identidad o expresión de género, enfrentará de dos a seis años de prisión y una multa de veinte a sesenta días; el delito será perseguido de oficio.

Cuando la persona que obligue a dichas prácticas sea el padre, madre o tutor de la víctima, la sanción consistirá en una multa de veinte a sesenta días y tratamiento psicoterapéutico integral por el tiempo que determine el juez.


  • Wendoline Adame
  • Licenciada en Ciencia Política y maestra en Dirección de la Comunicación. Escribo sobre Política, Gobierno y Sociedad.

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