Más del 80 por ciento de las fotomultas impugnadas ante instancias administrativas terminan siendo anuladas debido a deficiencias relacionadas con la acreditación de los agentes de Policía Vial facultados para emitirlas, aseguró María de los Ángeles Márquez Carreón, secretaria del capítulo Guanajuato de la Barra Mexicana de Abogados.
La especialista explicó que una de las principales inconformidades ciudadanas radica en que las sanciones captadas mediante sistemas tecnológicos de control de velocidad son notificadas directamente al propietario del vehículo, independientemente de quién conducía al momento de cometer la infracción.
“Sabemos que no siempre el propietario es quien conduce los vehículos. Eso por un lado y, por el otro, ya en materia de análisis administrativo, regularmente lo que se advierte es que los policías viales que emiten la infracción no están facultados para levantar esa infracción”, explicó la abogada.
Márquez Carreón señaló que el Reglamento de Policía y Vialidad para el Municipio de León establece que las infracciones detectadas mediante dispositivos tecnológicos deben incluir la firma electrónica de un agente vial autorizado legalmente para emitirlas.
Sin embargo, aseguró que en numerosos casos las boletas únicamente contienen el número de empleado del oficial, sin acreditar plenamente las facultades legales que le permiten emitir la sanción correspondiente.
“Deben de tener el registro nacional de personal de seguridad pública que debe detallarse en ese acuerdo o acto administrativo que lo faculta para realizar esas infracciones. Además, debe ir enlazado con el acuerdo del Ayuntamiento donde se les faculta para firmar esas boletas”, detalló.
La representante de la Barra Mexicana de Abogados explicó que, cuando el municipio no logra acreditar durante el procedimiento administrativo que el servidor público contaba con las facultades legales necesarias, la consecuencia jurídica suele ser la nulidad de la multa.
Estimó que más del 80 por ciento de los recursos interpuestos presentan irregularidades relacionadas precisamente con este requisito administrativo.
“Como que trataron de corregirlo poniendo ahora los números de empleado, pero eso no es suficiente. Deben cumplirse esos requisitos por parte del Ayuntamiento para dar a conocer los acuerdos en la boleta de infracción y cumplir incluso con fechas de expedición y vencimiento de las credenciales de los policías”, puntualizó.
La abogada agregó que otro de los aspectos que frecuentemente son revisados en los juicios administrativos tiene que ver con la calibración y certificación de los equipos tecnológicos utilizados para medir la velocidad de los vehículos.
Finalmente, consideró que además de fortalecer los procedimientos administrativos relacionados con las fotomultas, las autoridades municipales también deben impulsar acciones preventivas enfocadas en la educación vial y en fomentar una cultura de respeto al reglamento de tránsito.