Infancias trans en Jalisco, una polémica que no ha terminado

Aunque el Congreso de Jalisco rechazó eliminar la restricción de edad como lo ordenó la Corte, es posible cambiar el acta según el género percibido, pero el procedimiento requiere de acompañamiento de padres, madres o tutores.

El Congreso de Jalisco rechazó por tercera vez la reforma propuesta por la SCJN en materia de infancias trans (Foto: Especial)
Josefina Ruiz
Guadalajara /

El rechazo por tercera ocasión del Congreso de Jalisco a la iniciativa para legislar el reconocimiento de la identidad de género de niñas, niños y adolescentes no cierra el debate ni extingue el mandato judicial. 

Por el contrario, MILENIO fue testigo que abre una nueva etapa de incertidumbre jurídica y política sobre qué ocurrirá ahora con la orden emitida por la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), que exige al Poder Legislativo local establecer un procedimiento sumario para garantizar este derecho.

La votación, que arrojó 21 sufragios en contra, 13 a favor y tres abstenciones, dejó sin cambios el marco legal estatal, pese a que la Corte fijó como plazo límite el 19 de febrero de 2026 para informar sobre los avances en el cumplimiento de la sentencia derivada de la acción de inconstitucionalidad 72/2022.

En entrevista, con MILENIO, la diputada María del Refugio Camarena Jáuregui, coordinadora del Grupo Parlamentario del PRI y presidenta de la Junta de Coordinación Política, (JUCOPO) del Congreso del Estado de Jalisco, explica que, tras esta negativa legislativa, el Congreso ya cumplió con informar a la Corte sobre el desarrollo del proceso.

 “La presidencia de la mesa directiva del Congreso y la presidenta de la Comisión de Igualdad ya debieron haber informado a la Suprema Corte que se desahogó el proceso legislativo en tiempo y forma del requerimiento del pasado dieciséis de diciembre del dos mil veinticinco y que sí se atendió antes del 19 de febrero”.

No obstante, el tema está lejos de concluir. Desde su perspectiva, el máximo tribunal del país podría insistir en el cumplimiento de la sentencia mediante un nuevo requerimiento.

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¿En qué consiste el mandato y cuál es el procedimiento?

La sentencia de la SCJN se originó tras la reforma a la Ley del Registro Civil de Jalisco en 2022, que estableció como requisito tener 18 años para solicitar la rectificación del acta de nacimiento por identidad de género. Esta modificación fue impugnada por la Comisión Nacional de los Derechos Humanos y la Comisión Estatal de Derechos Humanos Jalisco. En 2023, la Corte invalidó ese artículo y ordenó al Congreso legislar un procedimiento sumario que garantice el derecho a la identidad de género de personas menores de edad. 

“Es un procedimiento abreviado, simplificado, que dé certeza legal, que garantice a los menores de edad el derecho del cambio de la identidad de género en sus actas de nacimiento. Eso es lo que nos mandataba la Suprema Corte”, asevera Camarena.

Este procedimiento resulta clave cuando no existe consentimiento de padres o tutores, escenario que actualmente no está regulado en la ley. Para la diputada, la reforma rechazada no cumplía con lo ordenado por la Corte y debilitaba el papel de las familias, 

“la reforma que defendieron estos partidos Morena, Hagamos y Futuro le restan peso legal a los padres y tutores. Esto quiere decir que se pretendía suplir a los padres y los tutores en lugar de garantizar los derechos de los menores”.
Camarena cita de manera textual un fragmento de la sentencia: “Cuando se niegue o sea imposible obtener el consentimiento de alguno de los representantes debe existir un procedimiento que permita resolver la cuestión en sede judicial teniendo en cuenta la autonomía progresiva y el interés superior de las niñas” A partir de ello, enfatizó: “La sentencia es clara y contundente. El papel de la procuraduría queda limitado para asistir al menor y no mandata a la Suprema Corte que se deba sustituir a los padres y mucho menos a un juez”.

Otra ventana para el cambio

Pese a la falta de una reforma legal, el cambio de identidad de género en actas de nacimiento sí se realiza actualmente en Jalisco, a través de un procedimiento administrativo vigente desde 2020, previsto en el reglamento de la Ley del Registro Civil. 

“Ya en varios municipios de Jalisco se están emitiendo las actas ojo, con el consentimiento de los padres y tutores pero no existe un procedimiento sumario para cuando no tengan el consentimiento de sus padres o tutores que eso es lo que nos mandata la Suprema Corte de Justicia de la Nación a legislar”.

La diputada afirma que este procedimiento está contemplado en los artículos 39 al 42 del reglamento y que la autoridad competente es exclusivamente el Registro Civil.

“Este procedimiento está vigente en los artículos 39 al 42 del reglamento de la ley del registro civil que fue lo que se implementó a partir del 2020 con Enrique Alfaro, y la única autoridad que conoce y desahoga este procedimiento es el registro civil”.
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Incluso menores de edad provenientes de otros estados han realizado el trámite en Jalisco

“En el 2020, menores de Ciudad de México, del Estado de México de Sinaloa, de Sonora, de Guanajuato de Aguascalientes y Baja California de los cinco a 17 años de edad, realizaron modificación de su acta por cambio de género en Jalisco”.

Municipios como El Salto y Tlajomulco concentran el mayor número de estos registros. La legisladora subrayó que esta realidad evidencia el vacío legal. 

“Lo que nosotros debemos de hacer es, con responsabilidad como legisladora y como legislador, legislar el procedimiento sumario”.

¿Cuáles son los límites legales de esta medida?

Sobre la posible sanción advertida por la SCJN, la diputada explica que el requerimiento enviado al Congreso no define con claridad a quién podría aplicarse una eventual multa ni establece consecuencias adicionales como la inhabilitación de legisladoras o legisladores. 

“Si la multa procede, sería de aproximadamente catorce mil pesos pero aquí no sabemos porque no viene establecido de esa manera en el requerimiento no viene a quién va dirigida la multa, porque la multa va a depender mucho de la interpretación que se le dé al requerimiento”.

Camarena puntualiza que la indefinición jurídica abre distintos escenarios, pues el documento no precisa si la sanción recaería en cargos específicos o en quienes votaron en contra de la iniciativa.

“Pudiera ser que la multa sea para la presidencia de la mesa, para la presidencia de la Comisión de Igualdad, o para las legisladoras y legisladores que votamos en contra pero no viene, en el requerimiento no habla de ninguna inhabilitación para ningún legislador o legisladora”.

Hasta ahora, la Corte únicamente ha emitido un apercibimiento económico condicionado, sin establecer responsabilidades individuales ni medidas administrativas adicionales, por lo que cualquier sanción dependerá de un nuevo acuerdo o interpretación que emita el máximo tribunal.

Además, señala que la decisión del Congreso está protegida por la Constitución local.

 “La Constitución de Jalisco en el artículo 23 señala que las diputadas y los diputados son inviolables por la manifestación de sus ideas en el ejercicio de sus funciones”.

Por ahora, el Congreso de Jalisco queda a la espera de un nuevo pronunciamiento de la SCJN. Mientras tanto, el procedimiento administrativo sigue operando, y el debate sobre cómo legislar el procedimiento sumario permanece abierto, atrapado entre el mandato judicial, la falta de consenso político y una práctica que ya ocurre en los registros civiles del estado.

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El Salto, vanguardista en registro

El Registro Civil del municipio de El Salto mantiene vigente un protocolo para el cambio de identidad de género en actas de nacimiento de niñas, niños y adolescentes, siempre con el acompañamiento de madres, padres o tutores, así como de la Procuraduría de Protección de Niñas, Niños y Adolescentes (PEPENA), con el objetivo de salvaguardar el interés superior de la niñez y evitar cualquier forma de revictimización.

Raúl Alejandro Rosco Montes, director del Registro Civil de El Salto, explicó que el procedimiento se rige por lineamientos emitidos por la Dirección General del Registro Civil del Estado de Jalisco, los cuales establecen criterios diferenciados según la etapa de desarrollo de las infancias.

De acuerdo con el funcionario, los requisitos para iniciar el trámite son básicos y buscan facilitar el acceso al derecho a la identidad. Entre ellos se encuentran las identificaciones de los padres, el acta de nacimiento del menor y el acompañamiento institucional correspondiente.

Afirma que el proceso es ágil y que, una vez que se cuenta con el dictamen de la Procuraduría, la expedición del acta puede realizarse en un periodo corto.

El procedimiento comienza directamente en el Registro Civil, donde se recibe la solicitud formal y posteriormente se canaliza a la familia para el acompañamiento con la Procuraduría.

“Primero vienen y hacen una solicitud ante el Registro Civil donde tienen que cumplir con esos requisitos que le acabo de mencionar y, una vez que se llena la solicitud, les comentamos que necesariamente se tiene que hacer ese acompañamiento de Procuraduría Social en el que se tiene que hacer ese protocolo de escucha de menor”.

Rosco Montes dice que el trato empático y el respeto a los derechos humanos son ejes centrales del protocolo, especialmente ante un tema que suele generar controversia social.

El Salto se ha caracterizado por ser un municipio referente en estos trámites, al grado de recibir solicitudes de otras entidades y municipios de la Zona Metropolitana de Guadalajara. 

“El salto siempre se ha caracterizado por ser vanguardista en este tema”; incluso mencionó que han atendido personas provenientes del Estado de México, Guanajuato, así como de Zapopan y Guadalajara.

De 2025 a la fecha, se han realizado 26 trámites de cambio de identidad, de los cuales cuatro corresponden a menores de edad. El funcionario enfatizó que el actuar del Registro Civil se mantiene alineado a la Constitución y a los criterios de la SCJN. 

“Nosotros siempre vamos a salvaguardar ese interés superior de la niñez, que vamos a tratar siempre de dar ese derecho a la identidad… la Suprema Corte de Justicia de la Nación fue muy clara pues en que se deben de respetar estos derechos y vamos a trabajar coordinadamente pues con la Dirección General del Estado para que se lleven a cabo los mismos”.

Identidad base de todos los derechos

Izack Alberto Zacarías Najar, director de la organización Impulso Trans, advierte que el reconocimiento legal de la identidad de género no es un trámite menor, sino la base para acceder a otros derechos. 

“La mayoría de nuestros derechos o nuestra vida jurídica comienza con nuestra acta de nacimiento, que es una llave para poder acceder al resto de los derechos”, explica en entrevista para MILENIO, “si no tenemos un acta de nacimiento acorde a nuestra identidad, esto luego va a ser una barrera para que podamos acceder a otros derechos”.

Desde su experiencia, la falta de legislación impacta directamente en la vida cotidiana de las infancias trans, particularmente en espacios como la escuela y los servicios de salud.

“Para que también puedan vivir una vida libre de violencia y libre de discriminación por transfobia, necesitamos primero existir jurídicamente hablando”, señala.

En la práctica el trámite continúa realizándose bajo un esquema administrativo que incluye una llamada “escucha activa”, a cargo de la Procuraduría de Protección de Niñas, Niños y Adolescentes. Sin embargo, el procedimiento es lento, burocrático y poco claro.

“Antes de hacer este reconocimiento legal de la identidad de género, acuden a la procuraduría (…) para que se les haga una escucha activa, y bajo este procedimiento la misma procuraduría dará un dictamen”, dice Zacarías Nájar.

Desde Impulso Trans, la organización ha acompañado alrededor de 20 familias desde 2020. Actualmente, en 2026, acompañan a tres más, cuyos trámites permanecen atorados. 

“Hay una familia que iniciamos desde diciembre de 2025 y a la fecha no le han resuelto. Otra que iniciamos entrando este año y tampoco se ha resuelto”, detalla.

Las barreras administrativas, económicas y geográficas hacen que muchas familias desistan. 

“La mayoría de las familias no tienen los recursos económicos para viajar más de una vez a Jalisco”, señala. A ello se suman los costos que algunos municipios cobran por el trámite, pese a que, de acuerdo con estándares internacionales, debería ser gratuito. En Tlaquepaque, por ejemplo, el costo alcanza los mil 300 pesos.

La falta de reconocimiento legal también tiene consecuencias en el ámbito educativo. 

“Hay un número importante de adolescencias que están haciendo escuela en casa”, advierte. “Padres y madres prefieren retirarles de las escuelas por las violencias, el bullying que viven, y mejor se van a tener clase en casa (…) hasta que no tienen su reconocimiento, su acta, es cuando piensan en regresar a la escuela”.

Para las familias y las infancias trans en Jalisco, la discusión no es ideológica ni política, sino una cuestión de derechos básicos

“Lo único que significa es que la persona puede identificarse con su nombre y con su género con el cual se identifica, y a partir de ahí acceder a sus derechos”, concluye.

JVO

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