Por servicio de transporte a través de aplicaciones, Semot multó a 66 personas en dos años

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En contraste, la dependencia estatal no emitió ninguna sanción a conductores o concesionarios del STCH, es decir taxis o urvans, esto pese a que reportaron a MILENIO la existencia de 146 procedimientos administrativos

Multas por brindar servicio de transporte público a través de aplicaciones.. Foto: (Shutterstock)
Pachuca /
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Derivado de las revisiones y operativos de regulación de transporte público la Secretaría de Movilidad y Transporte (Semot) de Hidalgo impuso 66 multas a personas por brindar servicio de transporte público a través de aplicaciones; en contraste a esta situación, no existe ninguna revocación de concesiones a pesar del reporte de 146 procedimientos iniciados por supuesta violación a la Ley de Movilidad y Transporte estatal.

En respuesta a la solicitud de información presentada por MILENIO, bajo folio 130213100058126, la dependencia estatal informó sobre las acciones emitidas en los ejercicios 2025 y 2026 derivado de los operativos de revisión efectuados en todo el estado.

Pese a la existencia de 146 procedimientos administrativos promovidos por el Sistema de Transporte Convencional de Hidalgo (STCH), encargado de entregar las concesiones de transporte público en sus modalidades de individual (taxis) o colectivas (urvan); la dependencia estatal reconoció la falta de imposición de sanciones ante las irregularidades encontradas, respondiendo únicamente lo siguiente: “existe la imposibilidad de reportar las sanciones o medidas de apremio impuestas a los procedimientos administrativos ya que se encuentran en proceso y pendientes de resolver, por lo que no es posible determinar el resultado”, (sic).

Igualmente, la Semot omitió en el documento entregado a este medio el detalle de las irregularidades encontradas en el sistema de transporte público a su cargo, STCH, el cual es el único facultado en la Ley de prestar este servicio a la población, ya que sólo se limitó a enunciar lo siguiente: “por supuestos establecidos en el artículo 253 de la Ley de Movilidad y Transporte para el Estado de Hidalgo”, (sic); el artículo 253 enuncia “las concesiones, permisos, autorizaciones, convenios y contratos materia de esta Ley, se extinguen por: revertirse, cuando al vencimiento de la concesión o el permiso respectivo, la Autoridad Competente, a fin de asegurar la continuidad del servicio determina ejercer directamente la prestación del mismo u encomendarla a un nuevo concesionario; motivo por el cual, de ser el caso, dispone de los bienes afectos a dicha prestación, otorgando al particular de que se trate la respectiva indemnización, en términos de esta Ley; Revocarse, cuando la Autoridad Competente deja sin efectos la concesión, el permiso o la autorización con base en las demás causas que se establecen en esta Ley, en el Reglamento respectivo y por las que figuren en la resolución o en el Título de la concesión, permiso, autorización o convenio respectivo; Rescindirse, cuando la Autoridad Competente deja sin efectos el contrato con base en las demás causas que se establecen en esta Ley, en el Reglamento respectivo y por las que figuren en el contrato correspondiente”, (sic).

Servicio a través de aplicación

Por otro lado, la Semot reportó a MILENIO la imposición de multas a 66 personas por prestar servicio de transporte público a través de diferentes aplicaciones móviles; esto debido a que la Ley estatal prohíbe la operación de este tipo de opción de movilidad al no estar dentro de las concesiones que otorga el Ejecutivo local, por ello se imponen multas de entre 20 a mil veces la Unidad de Medida y Actualización (UMA), la cual tiene un valor de 117.31 pesos; es decir de entre dos mil 346.2 pesos hasta los 117 mil 310 pesos a cada uno.

Sin embargo, nuevamente la dependencia estatal omitió el detalle solicitado por este medio sobre el monto de sanción impuesto a cada uno de estas personas, pues la titular de la dependencia estatal, Lyzbeth Robles Gutiérrez, informó que durante 2025 se impuso multa de entre 56 mil 570 a 79 mil 198 pesos en cada uno de los casos, pues de acuerdo a la norma las infracciones van desde 500 a 700 veces la UMA.

Pese a esto, la dependencia estatal se limitó a enunciar los siguiente: “no es posible proporcionar el detalle de las sanciones a cada una de las personas que ofrecieron algún tipo de servicio de transporte público a través de aplicaciones que no están autorizadas, toda vez que el Sistema de Transporte Convencional de Hidalgo, se apega a lo establecido en el Decreto que establece las cuotas y tarifas, el cual se publica cada ejercicio fiscal, en el cual se contempla un concepto general de Multas con un rango de 20 a 1000 UMA´S, sin que se pueda registrar de forma individualizada cada multa”, (sic).

Pachuca concentra el 53 por ciento de la incidencia

De acuerdo al documento entregado por la dependencia estatal, en respuesta a la solicitud de información interpuesta por MILENIO, la incidencia de operación de vehículos de transporte público a través de aplicaciones se concentró en seis municipios, Pachuca concentra el 53 por ciento de las incidencias con un total de 35 unidades sancionadas de un total de 66 en un plazo de dos años.

En el ejercicio 2025 la capital de Hidalgo reportó 21 incidencias, mientras que para el 2026 registra al momento 14 incidencias; le sigue Mineral de la Reforma con 15 registros en dos años, siete en 2025 y ocho en 2026; Tulancingo se sitúa en tercer puesto con ocho incidencias, todas ellas de 2025; Tizayuca es el siguiente municipio con mayor incidencia de esta irregularidad con cinco reportes de multa, tres en 2025 y dos en 2026; Santiago Tulantepec registró dos incidencias en 2025; finalmente, Tolcayuca reportó un vehículo en este supuesto en este año.

Finalmente, el documento entregado a este medio informa sobre las principales aplicaciones sancionadas por operar en territorio estatal, específicamente los seis municipios antes mencionados, siendo “In-Drive” la más utilizada con 42 incidencias de las 66 totales registradas y sancionadas en los dos últimos años, es decir, aglomera el 63 por ciento de las violaciones a la Ley vigente; le sigue la aplicación “Pronto” con 13 incidencias; “Blablacar” registró 10 sanciones por operar en Hidalgo; finalmente “Didi” registró una sola incidencia.

  • Teodoro Santos
  • Egresado de la Licenciatura en Comunicación por la FES Acatlán (UNAM). Con más de 17 años de experiencia en medios de comunicación y 10 en MILENIO. Vikingo perdido en otra época que disfruta de los videojuegos, música y cómics. Amplia experiencia en coberturas y conocedor de temas de política, sin dejar de lado los temas sociales.

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