En la Ciudad de México ya es obligatorio que scooter, motos eléctricas y otros vehículos eléctricos motorizados cuentes con placas vigentes, pero no todos están obligados a sacarlas, pues estos vehículos deben contar con ciertas características.
Además de esta nueva regulación, los capitalinos también deben cumplir con otros requisitos como contar con licencia de conducir. De lo contrario, pueden llegar a ser multados.
¿Quiénes no deben sacar placas obligatorias?
Tras la entrada en vigor de las nuevas disposiciones al Reglamento de la Ley de Movilidad y al Reglamento de Tránsito de la Ciudad de México, se ha formalizado la obligatoriedad del registro para ciertos vehículos eléctricos.
Sin embargo, las reglas establecen distinciones para quienes no es obligatorio según la potencia y velocidad de los vehículos. Es así que no todos deben hacer el emplacamiento este 2026.
De acuerdo con el decreto, quedan exentos de este trámite los usuarios de los denominados Vehículos Eléctricos Personales (VEP). Este se define como un vehículo no motorizado con las siguientes características:
- Cuenta con acelerador independiente y dos o más ruedas
- Su velocidad máxima no excede los 25 kilómetros por hora
- Su motor tiene una potencia nominal menor a 250 watts
Esto SÍ debe portar obligatoriamente
Pese a que los vehículos con motores de baja potencia (menores a 25 km/h) no deben portar placas obligatorias, la ley si específica que deben portar un detalle visible obligatorio de distinción.
Sí tienen la obligación de portar un distintivo de movilidad eléctrica (DME) proporcionado por la Secretaría de Movilidad, el cual debe ser visible.
¿Cuándo es la fecha límite para el trámite de placas?
Para aquellos que tengan vehículos que sí califican como el gobierno de la Ciudad de México ha establecido un calendario de regularización.
Si adquiriste tu vehículo antes de la publicación del decreto (6 de mayo de 2026) tienes como fecha límite el 20 de noviembre de 2026 para concluir su trámite de control vehicular.
Aunque, si compraste o adquiriste tu VEMEPE a partir de la vigencia de la norma estarán obligados a realizar el trámite a partir del 1 de julio de 2026.
Las autoridades comenzarán a aplicar amonestaciones verbales a partir de septiembre de 2026, pero las multas efectivas y sanciones por circular sin el registro correspondiente iniciarán formalmente el 20 de noviembre de 2026.
¿Por qué es obligatorio este registro?
La implementación de placas y registros para los VEMEPES responde a una necesidad de ordenamiento urbano y seguridad que se anunció desde 2025.
Es así que el proceso de emplacamiento permite identificar unidades que, por su potencia y velocidad, interactúan de forma más riesgosa con el tránsito vehicular, buscando la seguridad para los capitalinos.
YRH