El próximo 1 de julio, los mexicanos saldremos a elegir al que será nuestro próximo Presidente y aunque durante las campañas muchos han prometido hacer y deshacer varias cosas, ¿está dentro de sus funciones y posibilidades realizarlo?
El Poder Ejecutivo es sólo uno de los tres que conforman al Supremo Poder de la Unión. Éste contempla también al Poder Legislativo (Congreso de la Unión) y el Poder Judicial (Suprema Corte de Justicia de la Nación) y cada uno tiene diferentes funciones.
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Por ejemplo, el Congreso de la Unión, conformado por la Cámara de Diputados y el Senado, se encarga de aprobar tratados y leyes, así como impuestos y designaciones, mientras que la Suprema Corte de Justicia vigila que la Constitución se cumpla.
Esto es lo que puede hacer el Presidente:
El Presidente, según los artículos 26, 27, 89 y 108 de la Constitución, puede:
- Promulgar y ejecutar las leyes hechas por los senadores y diputados.
- Nombrar y remover a los miembros del gabinete.
- Nombrar a coroneles o cónsules, los cuales deben ser aprobados por el Senado.
- Designar, previa ratificación del Senado, al Procurador General de la República.
- Declarar la guerra en nombre de México y activar a las fuerzas armadas para mantener la seguridad nacional.
- Manejar la política exterior y celebrar tratados con dirigentes de otros países.
- Convocar a sesiones extraordinarias del Congreso.
- Conceder indultos a reos o privilegios limitados a inventores o descubridores.
- Enviar al Congreso la Iniciativa de Ley de Ingresos y el Proyecto de Presupuesto de Egresos de la Federación (artículo 26)
- Otorgar concesiones para el uso y aprovechamiento de recursos que son del dominio de la nación a excepción de la radiodifusión y telecomunicaciones. (artículo 27)
- Reglamentar la extracción y utilización de las aguas del subsuelo y establecer zonas reservadas. (artículo 27)
- Perseguir delitos, ejercer la acción penal e intervenir como parte en los juicios de amparo. (artículo 108)
mrf