¿Un candidato puede declinar por otro?

#Verificado2018

Verificado 2018 explica qué dice la ley y qué consecuencias tendría que uno de los aspirantes presidenciales renunciara y apoyara a otro en los próximos comicios.

#Verificado2018 explica si es posible que un candidato puede declinar por otro. (Fotos: Milenio)
Verificado 2018
Ciudad de México /

En redes sociales se difunden rumores sobre una supuesta declinación de alguno de los candidatos presidenciales a favor de otro.

Incluso, el fin de semana el propio Andrés Manuel López Obrador recomendó a sus adversarios declinar y "que nos enfrenten con uno solo".

¿Pero puede declinar un candidato por otro? ¿Qué dice la ley ante este escenario? Verificado 2018 lo explica.

La figura de "declinación" no existe en la legislación electoral, pero ya ha ocurrido en la práctica: en el proceso electoral del año 2000 el candidato Porfirio Muñoz Ledo, del Partido Auténtico de la Revolución Mexicana (PARM), declinó a favor del abanderado panista Vicente Fox Quesada.


Cuando un candidato declina a favor de otro, lo que está haciendo es renunciar a la contienda, pero esto no representa legalmente una alianza formal con el partido o coalición por la que se muestra apoyo, pues en la ley, la fecha límite para el registro de coaliciones fue el 14 de diciembre de 2017. Después de ese día, no hay cambios o la posibilidad de añadir partidos.

Lo que sí se puede hacer, según el artículo 241 de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales (LGIPE), es que si un candidato renuncia antes del 1 de junio de 2018 —30 días naturales antes de la elección— el partido o coalición que lo postuló tiene la posibilidad de registrar a otra persona como candidato y garantizar que éste aparezca en la boleta.

"No se puede esperar que el total de personas que apoyan al candidato que declina, voten por el candidato por el cual se declinó"

Paula Sofía Vásquez, experta en temas electorales de Strategia Electoral

Si no se registra a nadie, o la renuncia se presenta en fecha posterior, en la boleta electoral aparecerá el nombre del candidato que renunció, y los votos obtenidos por el partido o coalición se considerarán como votos nulos.

No existe escenario en la ley vigente en el que declinar por otro candidato implique que los votos obtenidos por el aspirante que renuncia se transfieran al que obtuvo el apoyo; tampoco es posible transferir recursos públicos asignados para hacer campaña.

Según explica Paula Sofía Vásquez, experta en temas electorales de Strategia Electoral, la declinación de un candidato a favor de otro sólo es de carácter mediático, no de transferencia automática de votos.

"No se puede esperar que el total de personas que apoyan al candidato que declina, voten por el candidato por el cual se declinó", dijo.

Algunos casos de declinaciones políticas han sido:

  • Nuevo León: Fernando Elizondo, aspirante a la gubernatura, declinó a favor del candidato independiente, Jaime Rodríguez El Bronco. Elizondo ocupó el puesto de coordinador ejecutivo de la Administración Pública estatal hasta abril de 2017. 
  • Estado de México: Óscar González Yáñez, candidato del Partido del Trabajo a la gubernatura en 2015, declinó a favor de la aspirante de Morena, Delfina Gómez. 
  • Michoacán: Gerardo Dueñas Bedolla, candidato del Partido Humanista a la gubernatura, declinó en 2015 a favor de Silvano Aureoles, abanderado del Partido de la Revolución Democrática (PRD). 
  • Sonora: El candidato del Partido Encuentro Social (PES) a la gubernatura, Manuel de Jesús Baldenebro, declinó a favor de la abanderada del PRI-PVEM, Claudia Pavlovich. 
  • Elección presidencial 2000: El candidato del Partido Auténtico de la Revolución Mexicana (PARM), Porfirio Muñoz Ledo, declinó a favor del abanderado del PAN, Vicente Fox Quesada. 
  • Elección Presidencial 1988: El candidato del Partido Mexicano Socialista (PMS), Heberto Castillo, declinó a favor del abanderado del Frente Democrático Nacional, Cuauhtémoc Cárdenas. 


Esta información fue publicada originalmente en Verificado.mx

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