El Código Penal de Coahuila establece en su artículo 286 que se aplicará prisión de tres hasta treinta días y una multa, a quien maneje un vehículo en estado de ebriedad o bajo el influjo de estupefacientes, psicotrópicos u otras sustancias que produzcan efectos similares, y en Torreón existe un reglamento de Vialidad y Movilidad Urbana en donde se establecen las sanciones por conducir en este estado.
En base a lo que establecen las áreas de Tribunales Municipales y Vialidad y Movilidad el manejar en estado de ebriedad deriva en multas económicas importantes ya que se tiene que pagar al municipio, otra al estado, por grúa y pensión.
¿Cuánto suman todos estos pagos?
La multa que se paga al municipio por estado de ebriedad es de 3 mil 600 pesos y en la Fiscalía entre 7 mil y 8 mil pesos, además del servicio de grúa, maniobra, arrastre y corralón es de 2 mil 500. En total más de 14 mil pesos y sin derecho al 50 por ciento por pronto pago.
Límite de grados permitidos
En relación a los grados de alcohol por aire expirado, el reglamento establece que de 0.19 es aliento permitido, de .20 a .39 es aliento alcohólico y amerita una multa pero puede conducir un vehículo e irse a su destino, sin embargo, ya de .40 en adelante es clasificación estado de ebriedad por lo que debe de pagar los 3 mil 600.
Actualmente el Consejo Consultivo de Vialidad está solicitando a los regidores integrantes de la Comisión de Movilidad que se incremente en un 100 por ciento la cantidad a pagar por conducir en estado de ebriedad.
aarp