Ordenan reposición de elección por usos y costumbres en Oxchuc, Chiapas

La Asamblea General Comunitaria del municipio de Oxchuc deberá llevar a cabo un nuevo proceso de selección de sus autoridades en un marco de civilidad, respeto, certeza y legalidad, con base a sus usos y costumbres.

Autoridades del Tribunal Electoral de Chiapas. (Abraham Jiménez)
Abraham Jiménez
Chiapas /

El Pleno del Tribunal Electoral del Estado de Chiapas (TEECH) ordenó la reposición de la elección a la alcaldía en el municipio de Oxchuc.

El pasado 15 de diciembre, se reunieron representantes de diferentes comunidades indígenas del municipio de Oxchuc para elegir a sus autoridades, pero debido a actos violentos, no se concluyó con la asamblea general indígena en la cual se determinaría a las nuevas autoridades municipales.

Ante esto, el Consejo General del Instituto de Elecciones y Participación Ciudadana determinó declarar inconcluso e incompleto el proceso electivo por usos y costumbres de integrantes de ayuntamiento de Oxchuc para el periodo 2022-2024.

En principio, los demandantes manifestaron que la determinación del Consejo General no fue asumida con una perspectiva indígena, pues pasó por alto que, al tratarse de una elección por usos y costumbres, la elección de cada cargo conserva cierta autonomía frente al resto de los cargos.

Durante la sesión, el magistrado presidente Gilberto Bátiz García, destacó que el Tribunal Electoral asume que “…el principio constitucional de certeza en materia electoral implica que el resultado de todo proceso comicial debe ser auténtico, esto es, debe reflejar de manera indudable que ello fue voluntad de la mayoría de los electores que participaron de manera valida, por tanto, los actos que se aducen realizados deben ser verificables, reales, inequívocos, confiables y derivados de un actuar claro y transparente”.

Del análisis integral del contexto y las particularidades en que se desarrolló dicho proceso de selección, se concluyó que éste no se ajustó a los principios democráticos consagrados en la Constitución y en las reglas dadas por la propia Comunidad de Oxchuc, mediante sus lineamientos.

En consecuencia, a efecto de dar certidumbre, garantía y gobernabilidad al pueblo de Oxchuc, la Asamblea General Comunitaria del municipio de Oxchuc, deberá llevar a cabo un nuevo proceso de selección de sus autoridades en un marco de civilidad, respeto, certeza y legalidad, con base a sus usos y costumbres.

El Concejo de Oxchuc, Chiapas, debe cumplir los requisitos debidos para la integración del órgano de representación municipal, y que si bien se está ante una medida emergente, objetiva y razonable, en la designación de los miembros de un Concejo Municipal, quienes sean designados deberán cumplir con las exigencias y requisitos de elegibilidad necesarios para el desempeño de un cargo público.

Está sentencia emitida por el Tribunal Electoral deberá ser informada en lengua indígena tzeltal a las comunidades del municipio de Oxchuc, posteriormente, deberá darse fecha de celebración de esta Asamblea General Indígena para elegir a las nuevas autoridades, por lo que los candidatos deberán cumplir con los requisitos establecidos en la ley.

ledz

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