En Coahuila se implementará de inmediato la nueva Ley de Deudores Alimentarios

El magistrado presidente del Tribunal Superior de Justicia de Coahuila, Miguel Mery Ayup se manifestó a favor de las nuevas medidas de restricción para deudores alimentarios.

Deudores alimentarios. | Especial
Brenda Alcalá
Coahuila /

Miguel Mery Ayup, magistrado presidente del Tribunal Superior de Justicia de Coahuila, se manifestó a favor de las nuevas medidas de restricción para deudores alimentarios que significan un beneficio de la niñez y aseguró que en la entidad, ya se tienen avances significativos para implementar la legislación federal ya que se tiene publicado el Padrón de Deudores.

El Inegi señala que de cada cuatro niños de padres divorciados o separados solo uno recibe recurso económico para las necesidades alimenticias.

El 22 de marzo, el Pleno del Senado aprobó por unanimidad, un dictamen que plantea reformar la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes encaminada al cumplimiento de la pensión alimenticia, de manera homologada en todo el país.

Con 86 votos y enviada al Ejecutivo federal, plantea crear un Registro Nacional de Obligaciones Alimentarias, con el objeto de concentrar la información de las personas deudoras alimentarias Mery Ayup afirma que:

“Nosotros en Coahuila realizamos ya un Padrón de Deudores Alimentarios, lo diseñamos y es una política pública impulsada durante mi administración en el Poder Judicial y pocas entidades nos han seguido en esta dinámica, sin embargo hoy me da gusto que en el Congreso de la Unión se implemente esta ley que está a punto de promulgarse y que tiene alcances a nivel nacional”.

Dijo que estará muy atento y revisará la ley además de sus implicaciones. 

¿De qué trata el Registro Nacional de Obligaciones Alimentarias?

En la página Coordinación de Comunicación Social sobre la aprobación del Senado de crear un Registro Nacional de Obligaciones Alimentarias, se establece que las autoridades de los tres órdenes de gobierno dispondrán de lo necesario para establecer como requisito, la presentación del certificado de no inscripción en dicho registro para realizar procedimientos y trámites como: licencias y permisos para conducir; pasaporte o documento de identidad y de viaje; participar como candidato a cargos de elección popular; trámites realizados ante notario público relativos a la compra-venta de inmuebles, entre otros.

También se requerirá dicho certificado en las solicitudes de matrimonio, situación en la que la persona oficial del Registro Civil, deberá hacer del conocimiento de los contrayentes, si alguno se encuentra en el Registro Nacional de Obligaciones Alimentarias.

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