En la última sesión ordinaria, el H. Congreso del Estado de Colima aprobó, con 23 votos, una reforma a la Ley de Hacienda del Estado de Colima para incluir “impuestos ecológicos”, con el objetivo de impulsar cambios en actividades económicas, fomentar tecnologías alternativas y atender problemáticas ambientales más allá de fines recaudatorios.
El diputado Jaime Enrique Sotelo García, del grupo parlamentario del Partido Verde, presentó el dictamen, explicando que los impuestos ecológicos surgen de la necesidad de establecer un mecanismo de fiscalización y recaudación, con el fin de reducir los índices de contaminación.
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Actualmente, 15 entidades federativas ya han implementado alguna variante de estos impuestos ecológicos.
La reforma contempla, en su artículo 41 Bis 16:
“La finalidad de estas contribuciones es que los sujetos que se encuentren en el supuesto de causación aporten a la Hacienda Pública del Estado en proporción a la responsabilidad por la contaminación ambiental generada por la actividad económica que llevan a cabo”.
Además, en el mismo apartado, Bis 23, señala que se aplicará:
“Una tasa impositiva equivalente a cinco veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización vigente, por tonelada emitida de CO2e”, en el momento en que los sujetos realicen las emisiones a la atmósfera de Gases y Compuestos de Efecto Invernadero.
La determinación se realizará por medio de una medición directa o estimación de las emisiones a la atmósfera de gases y compuestos de efecto invernadero que se generen.
Se tomará como referencia el Registro de Emisiones y Transferencia de Contaminantes (RETC) y el Registro Nacional de Emisiones (RENE) de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat).
También se considerarán los reportes del Registro de Emisiones del Estado de Colima a cargo del Instituto para el Medio Ambiente y Desarrollo Sustentable (Imades), así como los reportes de sus emisiones o reportes de verificación emitidos por Organismos de Validación y Verificación (OVV), acreditados bajo los estándares reconocidos y acreditados por la Entidad Mexicana de Acreditación (EMA).
Los sujetos obligados serán personas físicas y morales, así como instituciones gubernamentales federales, estatales, municipales y organismos descentralizados y desconcentrados, cuyos procesos derivados de su actividad económica generen emisiones a la atmósfera de gases y compuestos de efecto invernadero.
Asimismo, la reforma especifica que este impuesto se pagará de manera anual, mediante declaración que deberán presentar a más tardar en el mes de abril del ejercicio fiscal siguiente a aquel al que corresponda el pago y entrará en vigor el día 1 de enero del año 2025.
Los ingresos que se obtengan se destinarán de manera anual al Fideicomiso Ambiental del Estado de Colima, garantizando el sostenimiento de acciones para la mitigación y adaptación de los efectos del cambio climático en el estado de Colima.
HAGU