Pilar Diez Hidalgo Casanovas, directora regional de la Oficina Sureste del Centro Mexicano de Derecho Ambiental, explicó que en su sentencia, la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación dejó a salvo la facultad de la Semarnat para volver a destinar a la Comisión Nacional de Áreas Naturales Protegidas (Conanp), la porción de la Zona Federal Marítimo Terrestre (Zofemat) que se traslapa con predios de la empresa Península Maya Developments, una vez que se realicen nuevas mediciones.
“Lo que sigue es que la dirección general de Zoofemat lleve a cabo las mediciones de manera correcta, y la Suprema Corte dejó a salvo la facultad de Semarnat para volver a emitir un acuerdo similar de destino a favor de Conanp, de que esas tierras sean destinadas a uso exclusivo de protección”, señaló Diez Hidalgo.
En entrevista con MILENIO, explicó que la Zona Federal Marítimo Terrestre es una franja de 20 metros contigua al litoral marino, “que son bienes nacionales, mismos que se pueden concesionar para determinados usos, pero en el caso en disputa, lo que se hizo la Dirección General de la Zofemat fue otorgar a la Conanp los predios que había solicitado para fines de protección y así se le había concedido”.
Tras la delimitación, no se respetó el derecho de audiencia de los particulares, por lo que el caso llegó a la Corte, luego de que Península Maya Developments consideró que se traslapa la delimitación con sus predios y es que se discute si hubo erosión de las playas o un aumento del nivel del mar que provocaron una confusión al momento de realizar las mediciones, por lo que esos 20 metros de zona federal se recorrieron tierra adentro.