Jason Canales, presidente del Tribunal de Justicia Administrativa de Durango, dijo que se analizan 60 expedientes, una parte turnada por dependencias estatales y municipales sobre trabajadores de la pasada administración, pero también de exfuncionarios que esperan nulificar sanciones que se les pueden aplicar.
El entrevistado comentó que en estos momentos hay casos que datan de antes del 2016, cuando se realizó la reforma a la Ley General, así como otros que tienen que ver con los que se encuentran dentro de los cambios, por lo que el Tribunal de Justicia Administrativa será quien aplique la sanción de los expedientes recientes que se encuentran en análisis en las salas.
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“Tenemos 60 procedimientos en el Tribunal de Responsabilidad Administrativa. Dentro de esos 60 procedimientos de responsabilidad, es importante destacar que algunos son juicios de nulidad, en contra de resoluciones conforme a la Ley anterior. Algunos procedimientos son conforme a la Ley General de Responsabilidad Administrativa, la cual establece que tratándose de una causa grave, quien impone la sanción es el Tribunal de Justicia Administrativa”, comentó.
Dio a conocer que se encuentran en el análisis de procesos, en que funcionarios de la pasada administración, tanto estatal como municipal, pretenden nulificar las acciones en las que se revisan las causales que se les imputan por los gobiernos locales.
“Tenemos expedientes tanto de servidores públicos, que están demandando la nulidad de los actos de servidores públicos estatales y municipales. En su mayoría son exfuncionarios del Gobierno del Estado de Durango, del municipio de Durango, de las pasadas administraciones”, dijo.
Explicó que todavía esperan que se turnen más expedientes por parte de los gobiernos locales y con las reformas, únicamente siendo causas graves, el Tribunal de Justicia Administrativa en sus dos salas ordinarias, dependiendo a la que le toque, emitirá la resolución respondiente.
Recordó que la indagatoria se realiza por autoridades capaces de investigar, las cuales pueden ser de la Contraloría Estatal o las contralorías municipales.
Con los elementos que se integren, se turna al tribunal y se determina la sanción en términos de la Ley General de Responsabilidad Administrativa.
La otra vertiente tiene que ver con que se realicen los señalamientos conforme a la ley anterior, las sanciones que emitieron la Secretaría de Contraloría y los órganos municipales de contraloría son impugnadas por el juicio de nulidad, entonces, dentro de esos expedientes que se analizan algunos son de este tipo.
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