La mayoría de los espacios en los que se brindan masajes o terapias corporales incumplen con la Ley General de la Salud porque son impartidos por personas sin la capacitación, ni estudios de nivel superior.
Ricardo Robert Cervantes, director de la Facultad de Fisioterapia de la Universidad Popular Autónoma del Estado de Puebla (Upaep), comentó que baños públicos y espacios en los que se brindan masajes o terapias para los huesos, están fuera de la ley.
“Definitivamente, el gran porcentaje de la población en México lo desconoce, están infringiendo la ley. Tenemos una ley que es la Ley General de Salud, incluso me puedo ir a nuestra Carta Magna, la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos que es el principal reservorio de todas las leyes que nos rigen, artículo Cuarto que habla de la salud y de aquí deriva la Ley General de la Salud”, detalló.
La Ley General de la Salud establece que todo espacio, consultorio o no, en los que se brinden terapias, deben estar regulados por la Secretaría de Salud y deben contar con las condiciones que marcan las normas.
“¿Qué nos dice la Ley General de Salud? Que todo, ya sea consultorio, todo lugar en donde se den terapias debe estar regulado por la Secretaría de Salud y condicionado por la misma Ley General de Salud y por las normas mexicanas. ¿Por qué lo menciono? Muchos dirían que, nada más dan masajes, nada más truenan huesos. Eso es terapia, eso es terapéutico según los diccionarios, las mismas normas mexicanas”, apuntó.
Durante la presentación de su análisis “Medidas preventivas para atender contracturas musculares y optimizar el funcionamiento del cuerpo humano”, Robert Cervantes señaló que, la mayoría de la población, en lugar de acudir con un especialista, decide recibir un masaje o a que “le truenen los huesos”, con personas que no están capacitadas en fisioterapia y que carecen de cédula profesional.
“No veamos porque nada más es un masaje, porque nada más me tronaron los huesos y no le doy la importancia. Sí, hay que darle la importancia. Sí tiene que ser regulado por la ley. Por ley, Artículo 79 de la Ley General de Salud en la cual se exige que cualquier persona que brinde cualquier tratamiento México, entiéndase tratamiento médico como fisioterapia, nutrición, impartición de fármacos, debe de ser profesionales que han pasado por estudios, que han pasado de cuatro a cinco años, ahorita ya prácticamente, con el Servicio Social, seis años”, apuntó.
CHM