Después de que una adulta mayor recibió más insulina de lo indicado, lo que le generó complicaciones de salud hasta llevarla a la muerte, la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH) emitió una recomendación al Issste por la mala práctica médica en su hospital de Tampico.
El organismo comprobó que personal de ese nosocomio, “incurrió en mala práctica médica en el tratamiento de una persona adulta mayor, con lo cual se violentaron sus derechos humanos a la protección de la salud, a la vida y al trato digno, así como al acceso a la información”.
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En un comunicado de prensa, la CNDH informó que se trata de la recomendación 296/2023 dirigida al Issste, derivada de una queja formulada en diciembre de 2022.
¿Qué pasó?
Según se indica, la víctima ingresó al hospital general el 22 de noviembre de ese año, debido a problemas de estreñimiento y descontrol de la presión arterial, por lo que quedó internada en el servicio de urgencias.
“A las 6:00 horas del 15 de diciembre, personal de enfermería le aplicó a la víctima cuatro unidades de insulina, luego de tomar una muestra de glucosa. Ese mismo día, al realizar el cambio de turno, una segunda enfermera aplicó cuatro unidades más de insulina a la paciente, sin tomarle previamente una nueva lectura de sus niveles de glucosa, teniendo como consecuencia hipoglucemia, lo que afectó considerablemente su estado de salud y provocó su lamentable fallecimiento el 21 de diciembre de 2022”.
Con base en el análisis de los hechos y las evidencias recabadas por la CNDH, se acreditó que el 12 de diciembre de 2022, se recetó el suministro de cuatro unidades de insulina cada 24 horas a la víctima, con previa toma de glucosa. No obstante, el 15 de diciembre se omitió la toma previa de la glucosa capilar, provocando hipoglucemia.
¿Qué es la hipoglucemia?
Es un trastorno donde la glucosa disminuye por abajo del límite normal, y en casos severos puede llegar a ser fatal.Los síntomas van desde sudoración, escalofríos, taquicardia (latidos cardíacos rápidos), sensación de hambre y náuseas; mareos, somnolencia e irritabilidad hasta visión borrosa, aumento de peso, discapacidad para valerse por sí mismo, confusión y en el extremo, reducción de la función mental y demencia.
Además, en la atención posterior, el personal médico tratante no tomó las medidas necesarias para la realización de los estudios de imagen que permitieran valorar y delimitar el daño que presentaba la paciente y descartar otras patologías en el encéfalo, ni solicitó interconsulta con el servicio de neurología.
“Estas y otras omisiones contribuyeron al deterioro de la salud de la víctima, hasta que falleció por choque séptico de origen pulmonar, neumonía intrahospitalaria, diabetes tipo II e insulinodependiente con múltiples complicaciones”. Por estos hechos, la CNDH recomendó al Issste que, en coordinación con la Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas, se inscriba a la víctima y a su familiar en el Registro Nacional aplicable.
Lo anterior, con el fin de que una vez que la CEAV emita el dictamen correspondiente, el Issste proceda a la inmediata reparación integral del daño, que incluya la medida de compensación, en términos de la Ley General de Víctimas, así como proporcionar la atención psicológica y tanatológica que se requiera.
SJHN