María Elena González, diputada por el Partido Acción Nacional, presentó una iniciativa que para elevar las penas por acoso en redes sociales, porque es poca la cantidad de personas que denuncian el ciberbullying.
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El Partido Acción Nacional propone a través de la actual iniciativa, se incluya el tipo delictivo del ciberacoso dentro de nuestro Código Penal vigente y de esa manera castigar hasta con tres años de prisión a quien asedie, hostigue o amenace a otra u otro por medio de las nuevas tecnologías de la información y telecomunicación, redes sociales o cualquier espacio digital y cause un daño en la dignidad personal o atente contra la seguridad de las personas.
Esto incluyendo una sanción monetaria mayor a la señalada actualmente para el delito de acoso, pudiendo ser en el caso propuesto de hasta trescientas veces la Unidad de Medida y Actualización, además de un aumento de hasta dos terceras partes cuando el sujeto pasivo sea menor de edad.
Indicó que desafortunadamente el uso que en muchas ocasiones se realiza de las tecnologías de la información resulta en un perjuicio muy grande en contra de quienes se llegan a ejercen conductas de asedio o persecución a través de dichas herramientas.
Lo que por otro lado ha provocado una diversidad de acciones tanto de dependencias gubernamentales como de la iniciativa privada, a nivel nacional e internacional como lo ha hecho la UNESCO, que en marzo del año 2017 organizó en Londres una reunión con diversas personalidades interesadas en debatir sobre la creación de una nueva campaña mundial con miras a hacer frente al ciberacoso y a crear el marco para un entorno en línea saludable.
En el país con el objetivo de proporcionar información de interés a los diversos sectores de la población y de generar datos estadísticos que permitan conocer la prevalencia del ciberacoso, en años recientes se implementó el MOCIBA, o mejor conocido como el Módulo sobre Ciberacoso por parte del INEGI.
"Lo que nos proporciona una idea de la dimensión que ha alcanzado en nuestra nación la incidencia y daño que se llega a causar por acciones como la modalidad de acoso aquí mencionada; algo de lo que no se mantiene ajena nuestra Entidad".
Dicha conducta mencionada se caracteriza por que el acoso se da entre las personas que se involucran a través de las nuevas tecnologías de la información y por eso es que se le denomina o se le puede conocer como ciberacoso o acoso cibernético, con consecuencias legales que se debieran acarrear, ya que en la actualidad en nuestra legislación penal local no existe una descripción del tipo que encuadre adecuadamente para sancionar la conducta señalada, siendo altamente dañina y perjudicial como de todos es conocido.