Si eres persona física y este mes tienes que presentar tu declaración anual, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) te recuerda que si tienes ingresos por honorarios, sueldos y salarios, rentas y actividad empresarial o profesional, puedes deducir gastos médicos.
Las deducciones personales son gastos que los contribuyentes tienen derecho a disminuir de sus ingresos acumulables del ejercicio fiscal en curso, lo que en algunos casos permite obtener una devolución.
Los gastos que se pueden deducir en la declaración anual son los honorarios médicos, dentales, psicológicos o nutricionales; gastos hospitalarios, medicinas incluidas en facturas de hospitales, así como honorarios a enfermeras y análisis o estudios clínicos.
Además de prótesis, compra o alquiler de aparatos para el restablecimiento o rehabilitación del paciente, lentes ópticos graduados, y primas por seguros de gastos médicos.
Estos gastos son deducibles para el contribuyente o, en su caso, para familiares directos (cónyuge, concubina(o), padres, abuelos, hijos y nietos) que no hayan percibido ingresos superiores al salario mínimo anual.
Debes contar con facturas
Los gastos deben estar respaldados por facturas emitidas por personas con título profesional y haberse pagado mediante cheque nominativo, transferencia electrónica o tarjeta de crédito, débito o servicios.
También son deducibles los gastos por salud derivados de incapacidades o discapacidades mayores a 50 por ciento de la capacidad normal, siempre que se cuente con el certificado o la constancia correspondiente expedida por las instituciones públicas del Sistema Nacional de Salud.
Otros gastos deducibles
Asimismo, pueden deducirse gastos funerarios, donativos no onerosos ni remunerativos, es decir, que estén autorizados por Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) y no rebase más del 50 por ciento del total del ingreso.
Mientras que las primas de contrato de seguros para pensión y acciones de sociedades de inversión podrán deducirse siempre y cuando se mantengan en el banco.
También pueden deducirse la colegiaturas hasta por 14 mil pesos en bachillerato y transporte escolar siempre y cuando sea obligado por las escuelas. En preescolar pueden deducirse hasta 14 mil 200 pesos mensuales, primaria 12 mil 900, secundaria 19 mil 900, profesional técnico 17 mil 100 y bachillerato o equivalente 24 mil 500.
EDD