Al concluir que la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat) vulneró el derecho humano al medio ambiente sano, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) anuló los permisos ambientales para la ampliación del Puerto de Veracruz.
Durante la sesión pública de este miércoles, la Primera Sala del máximo tribunal del país determinó amparar a dos ciudadanas que reclamaron diversas acciones y omisiones destinadas a autorizar y realizar el proyecto de ampliación del Puerto de Veracruz sin haber garantizado, bajo el estándar más alto de protección, su derecho humano a un medio ambiente sano.
En el fallo, los ministros explicaron que aunque las obras impugnadas estaban relacionadas con un mismo proyecto, fueron analizadas de manera fragmentada por la autoridad ambiental, lo que implicó que no se evaluará de forma correcta la viabilidad de toda la ampliación, en detrimento de los principios de prevención y precaución que rigen el derecho al medio ambiente sano reconocido en el artículo cuarto de la Constitución federal, así como en diversos instrumentos internacionales suscritos por México.
Por lo que la Primera Sala de la SCJN ordenó dejar insubsistentes las resoluciones reclamadas y emitir otras en las cuales se tome en cuenta el contenido y las obligaciones impuestas por el derecho a gozar de un medio ambiente sano.
El máximo tribunal del país también ordenó que el proyecto relativo a la ampliación del Puerto de Veracruz se examine de manera integral, considerando la totalidad de arrecifes y humedales que se encuentran en la zona de influencia de dicho proyecto.
“Hecho lo anterior, las autoridades responsables deberán pronunciarse en torno a los impactos ambientales (acumulativos, sinérgicos y residuales) y a la viabilidad de autorizar la continuación de las obras respectivas, tomando en cuenta el Área Natural Protegida con carácter de Parque Nacional ‘Sistema Arrecifal Veracruzano’ y la regulación nacional y convencional aplicable”, explicó la SCJN.
Tras este fallo de la Corte, las autoridades ambientales quedaron obligadas a gestionar, “en forma enunciativa pero no limitativa”, la elaboración de un programa de trabajo para la mitigación y/o restauración del área; así como coadyuvar institucionalmente para el desarrollo e implementación de dicho programa y solicitar al Consejo Nacional de Áreas Naturales Protegidas emita una opinión sobre el programa de trabajo en cuestión.
De igual forma, en el marco de un diálogo institucional, solicitar al Comité Nacional de Humedales para que requiera al Comité Internacional de Humedales la designación de un grupo de peritos para evaluar el sitio y definir así el esquema para su protección a través de un programa de trabajo.
CEMDA reacciona a determinación
Xavier Martínez Esponda, director Operativo de CEMDA, explicó que la organización presentó este amparo, junto con la comunidad, para proteger y contribuir a la conservación del Sistema Arrecifal Veracruzano, así como a los arrecifes y los servicios que brindan, pues son clave para el bienestar de las personas que viven en la conurbación de Veracruz-Boca del río-Medellín.
Las organizaciones Aida, EarthjusticE, Elaw y Cemda destacaron que este fallo implica que las autorizaciones para el proyecto quedan infundadas y que sus impactos deben evaluarse nuevamente, esta vez de manera integral, para determinar la viabilidad de la obra.
En un comunicado, destacaron que la decisión que apuntala la protección al derecho al medio ambiente sano que viene haciendo la Suprema Corte, cambiará la manera en que las autoridades ambientales realizan la Evaluación de Impacto Ambiental.
La Corte sostuvo que “la protección de los humedales es una prioridad nacional e internacional que ha llevado a nuestro país a emitir una estricta regulación de este ecosistema y, en términos de la normativa citada, cualquier análisis que se haga con relación a los humedales debe guiarse por un criterio de máxima precaución y prevención”.
Martínez Esponda indicó que “con esta decisión, los principios de prevención y precaución deberán arraigarse mucho más en los procesos de toma de decisiones. Asimismo, las autoridades e inversionistas deberán aprender la lección de que resulta más caro, en todos los sentidos, no presentar sus proyectos de manera completa, que cumplir en tiempo y forma con la Evaluación de Impacto Ambiental”.
El Sistema Arrecifal Veracruzano es un Parque Nacional y un humedal de importancia internacional, según la Convención Ramsar. Tiene un gran valor ambiental, es el sistema de arrecife más grande de la región centro del Golfo de México. Alberga gran biodiversidad y es, además, el hogar de varias especies protegidas, tales como la tortuga carey, que está en peligro crítico. Además, el sistema arrecifal contribuye también a mitigar el impacto de las olas producidas por tormentas y huracanes, fenómenos que se han incrementado en frecuencia e intensidad como consecuencia del cambio climático.
Organizaciones internacionales de protección ambiental acompañaron el proceso. Al respecto, Alejandra Serrano Pavón, abogada de la organización internacional Environmental Law Alliance Worldwide (ELAW), se interesó en el caso por la oportunidad de animar a la Corte a interpretar de manera amplia el derecho al acceso a la justicia en defensa del ambiente.
ELAW presentó un escrito legal (Amicus Curiae) que apoya el amparo, a través del cual brindó ejemplos de diversos países alrededor del mundo que reconocen una amplia interpretación de este derecho, el cual permite a “cualquier organización de la sociedad civil o, al menos residentes de un lugar, entablar una acción judicial para proteger al medio ambiente”.
Las organizaciones internacionales Earthjustice y la Asociación Interamericana para la Defensa del Ambiente (AIDA), también entregaron de manera conjunta a la Suprema Corte un escrito legal de apoyo al amparo. Guillermo Zuñiga, abogado colaborador de Earthjustice, enfatizó que sus vínculos con estos arrecifes son importantes y personales:
“Yo crecí en Veracruz. Soy xalapeño. Esa zona me vio nacer”. Recordó, “estar en ríos y playas veracruzanas, disfrutando, creciendo junto con mi familia. Yo quiero que los niños de Veracruz tengan la oportunidad de disfrutar la riqueza de biodiversidad como yo lo hice”.
Por su parte, Sandra Moguel, abogada de AIDA, enfatizó que “no es la proximidad de un proyecto lo que determina quiénes son las personas afectadas y quiénes deberían tener acceso a la justicia para defender su derecho a un medio ambiente sano”. En el escrito, AIDA explica que el derecho internacional obliga al gobierno mexicano a permitir que toda persona, cuyos derechos fundamentales sean amenazados por el daño ambiental, acceda a recursos judiciales, incluso si su conexión con el ecosistema amenazado es indirecta o remota.
DMZ