Dan sentencia de 8 años de prisión a asesinos de abuela y nieta en Torreón

Los homicidas saldrán en seis, pues ya tienen dos años dentro del Cereso llevando su proceso legal y estos se restan de la condena total.

El doble asesinato se cometió el 12 de junio del 2020. (Especial)
Torreón, Coahuila. /

Un juez dictó una sentencia de ocho años de prisión en contra de dos sujetos que privaron de la vida a una mujer de la tercera edad y a su nieta, además, reformularon el delito de feminicidio a homicidio.

La Fiscalía General del Estado (FGE) informó sobre la sentencia en contra de Miguel Alvarado Martínez y Héctor Ramírez García, quienes fueron condenados a prisión y a la reparación del daño material por cada una de las víctimas, por el delito de homicidio simple doloso.

Como se informó en su momento,

el doble asesinato se cometió el 12 de junio del 2020,

al interior de una

vivienda localizada en la calle Francisco Márquez de la colonia Abastos de Torreón

.

Ahí, Miguel, quien en ese entonces tenía 38 años de edad, acompañado de Héctor de 19, ingresaron por la fuerza a la vivienda y asesinaron a Margarita de 67 años de edad, a quien golpearon en la cabeza dejándola en un charco de sangre y a su nieta, Fernanda Yamileth, de 19 años, a quien asfixiaron, para después robar el domicilio.

Tras este doble homicidio, los protocolos de feminicidio se activaron y así inició la carpeta de investigación.

Los dos sujetos lograron ser detenidos y el 1 de julio del 2020, fueron vinculados a proceso, por lo que el juez determinó que llevarían el debido proceso con la medida cautelar de prisión preventiva oficiosa.

Tras este proceso de dos años, la tarde de este lunes los dos sujetos fueron sentenciados a ocho años de prisión por el delito de homicidio.

¿Por qué recibieron esta pena y cuándo saldrán?

Pese a que inicialmente fueron imputados por feminicidio, este se reformuló a homicidio, pues el juez determinó que no hubo datos suficientes para acreditar este tipo de delito.

Sumado a esto, los sujetos lograron obtener una condena menor debido a que tuvieron acceso a un procedimiento abreviado, es decir se declararon culpables y la ley les permite esta "salida" para obtener una condena menor.

Los sujetos recibieron un año más que la condena mínima para el delito de homicidio simple doloso, donde la ley de Coahuila estipula que "Se impondrá de siete a dieciséis años de prisión y multa, a quien dolosamente prive de la vida a otra persona".

Además, tras recibir una condena de ocho años, los homicidas saldrán en seis, pues ya tienen dos años dentro del Cereso llevando su proceso legal y estos se restan de la condena total.

¿Qué se necesita para que un homicidio sea feminicidio en Coahuila?

De acuerdo al código penal del Estado de Coahuila, la pena por el delito de feminicidio va de 40 a 60 años de prisión, además, para que el asesinato de una mujer se acredite bajo esta clasificación debe de ser por razones de género, es decir cuando concurra cualquiera de las siguientes circunstancias:

I. Presente signos de violencia sexual de cualquier tipo, previa o posterior a la privación de la vida de la víctima infligida por el sujeto activo.

II. Se le haya infligido por el sujeto activo una o más lesiones o mutilaciones infamantes o degradantes en zonas genitales o en cualquier otra, previa o posteriormente a la privación de la vida o actos de necrofilia.

III. Existan antecedentes o datos de cualquier tipo de violencia o discriminación por género en el ámbito familiar, laboral, o escolar, del sujeto activo contra la víctima.

IV. Haya existido entre el sujeto activo y la víctima una relación sentimental, afectiva o de confianza; o bien, que haya existido la pretensión infructuosa del sujeto activo de establecer o restablecer una relación de pareja, sexual, o de intimidad con la víctima.

V. Existan datos que establezcan que hubo amenazas relacionadas con el hecho delictuoso, acoso o lesiones del sujeto activo en contra de la víctima.

VI. La víctima haya sido incomunicada, cualquiera que sea el tiempo previo a la privación de la vida;

VII. El cuerpo sea expuesto, depositado o arrojado en un lugar público.

Finalmente sobre este tema, el Fiscal General del Estado, Gerardo Márquez Guevara, declaró que la familia está en su derecho de impugnar la condena, además que el Ministerio Público hará lo mismo y que a veces la justicia no es justa.

"No, lo justo no es lo legal y lo legal no es lo justo, entonces seguramente cada caso es particular y en ocasiones cuando se aceptan los procedimientos abreviados pues tienden a una reducción... La familia y el Ministerio Público van a impugnar", declaró el Fiscal.

EGO

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