Luego de seis años de permanecer encarcelada sin recibir ninguna sentencia, este viernes fue vinculada a proceso una mujer por su presunta participación en el feminicidio y secuestro agravado de la cuñada de su hermano, cometi cudo al exterior de un centro comercial de Apodaca.
Detención ocurrió en septiembre 2018
Cristal Ivonne “N”, de 36 años, fue notificada de la medida durante una audiencia que encabezó un juez de control el pasado 31 de julio.
Las autoridades estatales informaron, en septiembre de 2018, que el móvil del feminicidio fue la disputa de una propiedad en la que vivía la fallecida con los hermanos Cristal “N” y Osvaldo “N”, ambos detenidos semanas después de los hechos violentos.
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La Fiscalía General de Justicia emitió una ficha en la que se establece que el juez estimó pertinentes las pruebas que presentó el agente del Ministerio Público contra la investigada. Además, concedió un plazo de tres meses para el cierre de la investigación complementaria.
Cristal obligó a la víctima a caminar para ser raptado
En la indagatoria se determinó que la detenida engañó a la víctima para caminar juntas en el estacionamiento de un centro comercial en la colonia La Encarnación y luego con ayuda de sus hermano, la obligaron a subir a un automóvil.
Al día siguiente, María Aurora Hernández Olvera, de 48 años, fue localizada sin vida y con decenas de heridas por arma blanca, en un baldío de la colonia Anzures, en el municipio de Juárez.
Los hermanos fueron detenidos semanas después y fueron internados en el penal del Topo Chico por los mismos delitos, pero un año después fueron enviados a otros centros penitenciarios.
¿Qué dice el Código Penal en NL?
Comete el delito de feminicidio quien prive de la vida a una
mujer por razones de género. Se considera que existen razones de género
cuando concurra alguna de las siguientes circunstancias
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¿Qué es el feminicidio y cómo identificarlo?
El feminicidio en México es definido como la muerte violenta de las mujeres por razones de género está tipificada en nuestro sistema penal como feminicidio.
La violencia contra las mujeres tiene su origen en la desigualdad de género, es decir, en la posición de subordinación, marginalidad y riesgo en el cual éstas se encuentran respecto de los hombres.
La muerte violenta de las mujeres por razones de género, tipificada en nuestro sistema penal como feminicidio, es la forma más extrema de violencia contra la mujer y una de las manifestaciones más graves de la discriminación hacia ellas.
En nuestro Código Penal Federal el feminicidio se encuentra tipificado en el artículo 325, el cual establece lo siguiente:
“Comete el delito de feminicidio quien prive de la vida a una mujer por razones de género. Se considera que existen razones de género cuando concurra alguna de las siguientes circunstancias:
La victima presente signos de violencia sexual de cualquier tipo;
- A la víctima se le hayan infligido lesiones o mutilaciones infamantes o degradantes, previas o posteriores a la privación de la vida o actos de necrofilia;
- Existan antecedentes o datos de cualquier tipo de violencia en el ámbito familiar, laboral o escolar, del sujeto activo en contra de la víctima;
- Haya existido entre el activo y la victima una relación sentimental, afectiva o de confianza;
- Existan datos que establezcan que hubo amenazas relacionadas con el hecho delictuoso, acoso o lesiones del sujeto activo en contra de la víctima;
- La victima haya sido incomunicada, cualquiera que sea el tiempo previo a la privación de la vida;
- El cuerpo de la víctima sea expuesto o exhibido en un lugar público.”
Comúnmente los homicidios que se cometen contra las mujeres no son investigados tomando en consideración que podrían tratarse de feminicidios. Por esta razón, el Modelo de protocolo latinoamericano de investigación de las muertes violentas de mujeres por razones de género recomienda que todas las muertes violentas de mujeres que en principio parecerían haber sido causadas por motivos criminales, suicidio y accidentes, deben analizarse con perspectiva de género, para poder determinar si hubo o no razones de género en la causa de la muerte y para poder confirmar o descartar el motivo de ésta.
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