Una corte de apelaciones declaró la inconstitucionalidad de una reforma laboral que el presidente Javier Milei había impulsado por decreto a fines del año pasado, desatando la ira de las principales centrales sindicales.
El fallo representa un freno a la avanzada reformista de Milei, quien pretende una desregulación total de la economía y limitar el intervencionismo del Estado como salida a la recesión que padece el país sudamericano desde hace años.
La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo resolvió “declarar la invalidez constitucional” de las disposiciones en materia laboral incluidas en el decreto presidencial, según el fallo de los tres jueces que integran ese tribunal.
La norma establecía la ampliación del período de prueba de tres a ocho meses, la eliminación de la doble indemnización por despido para los casos en los que el trabajador no está registrado, consideraba como causal de despido la participación de trabajadores en bloqueos o toma de establecimientos en caso de protestas y la limitación del derecho a huelga en actividades consideradas esenciales como la educación, el transporte y las telecomunicaciones, entre otros.
La resolución judicial se enmarca dentro de una demanda por inconstitucionalidad impulsada por la Confederación General del Trabajo (CGT), la principal central sindical del país. Esta organización había logrado en un fallo de primera instancia que la justicia suspendiera la aplicación de las reformas laborales.
Como parte del plan de resistencia contra Milei, la CGT impulsó una huelga general y una movilización el pasado 24 de enero.
Para los jueces de la Corte de Apelaciones, el decreto de Milei es contrario al artículo 99 de la Constitución, según el cual el Poder Ejecutivo no puede emitir disposiciones de carácter legislativo, salvo en circunstancias excepcionales.
En la opinión de los magistrados, las actuales circunstancias no ameritan que el mandatario ignore al Congreso para fijar un nuevo régimen laboral.
Desde la publicación del decreto se presentaron al menos media docena de demandas ante la justicia para impedir su aplicación, entre ellas de gobernadores de la oposición y de organismos defensores de derechos humanos.
La Corte Suprema de Justicia tendrá la última palabra sobre la legalidad o no del decreto, aunque en el mientras tanto Milei no podrá aplicar las medidas suspendidas por fallos de instancias judiciales inferiores.
SNGZ