Tribunal en España determina que cortarle las orejas a un perro no es maltrato animal

Un hombre golpeó a su perro para que se calmara, causando una perforación pulmonar con una de sus costillas, al retirarle los puntos de las orejas luego de que se las cortaran.

Al cortarle las orejas a los perros existe un maltrato, al tratarse de un procedimiento innecesario. (Freepik)
Valencia /

La Audiencia Provincial de Valencia, en España, determinó que un criador de perros no ejerció maltrato animal luego de que le recortara las orejas a un can y lo golpeara fuertemente, pues según el juzgado el hombre no buscaba causarle “un padecimiento grave”, a pesar de que muriera tras la intervención.

De acuerdo con la sentencia, el acusado se dedicaba a criar perros, desarrollando, de manera informal, actividades veterinarias como pequeñas operaciones de cirugía canina, aún cuando no contaba con la formación y la titulación necesaria para realizar ese tipo de intervenciones.

El acusante recibió de su amiga un cachorro de la raza American Bully y le dio el contacto del falso veterinario para que le recortara las orejas, sin que haya quedado demostrado que el hombre supiera sobre la ilicitud de la operación veterinaria.

El perro fue llevado a la clínica clandestina, donde se le administró anestesia total y se le cortaron las orejas. Al tratarse de una intervención no necesaria para la salud del animal, le produjo un padecimiento grave, precisando puntos de sutura y tratamiento veterinario.

Poco más de 10 días después, el acusante volvió al domicilio con el perro, con el fin de que le fueran retirados los puntos de sutura de las orejas. Sin embargo, el can se movía durante la operación y, con el fin de “mostrarle autoridad”, el presunto veterinario lo tomó del cuello y del lomo y, alzándolo, lo golpeó fuertemente dos veces sobre la mesa de acero inoxidable, provocando que el perro quedara aturdido y jadeando.

Como consecuencia de los golpes, el animal sufrió una perforación pulmonar con una de sus costillas, lo que le provocó un edema con hemorragia pulmonar masiva., y aunque más tarde fue trasladado a una clínica veterinaria, murió a causa de sus heridas.

Los dueños del cachorro reclamaron al acusado y, aunque en un principio el falso veterinario fue encontrado culpable del delito continuado de maltrato animal y de intrusismo profesional, la Audiencia Provincial de Valencia revocó el fallo y lo ha absuelto del primer cargo.

El juzgado determinó que no se pudo constatar “un menoscabo grave de la salud” del animal y, aunque reconocieron que en el corte de las orejas existe un maltrato y un cierto padecimiento por el dolor postoperatorio, “no puede concluirse que el maltrato causara al animal un padecimiento que pueda calificarse de grave a los efectos de integrar el tipo penal”.

“En concreto, no consta que la operación de corte de las orejas alterara la funcionalidad del órgano auditivo, ni menoscabara el bienestar del animal. En definitiva, los peritos no han proporcionado elementos de juicio o datos que permitan calificar esta operación como de graves consecuencias”, dice la sentencia.

Por su parte, el hombre sólo deberá de pagar multas por indemnización a los dueños por 170 euros por los gastos de atención veterinaria, 400 por el valor de un perro de similares características al fallecido; y asimismo 300 euros por los diez días que la esposa del dueño requirió para recuperarse de la ansiedad que sufrió por la muerte del animal.

​LP

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