El Juzgado de lo Social 1 de Madrid ha concedido una pensión de más de 3 mil 800 euros al mes a un trabajador por las secuelas provocadas por la covid-19, tras reconocerle el máximo grado de incapacidad.
La Seguridad Social le concedió en febrero de 2022 una pensión de incapacidad permanente absoluta por no poder ejercer ningún tipo de trabajo, si bien reclamó un grado superior de incapacidad, el máximo, al considerar que sus limitaciones eran aún más graves, una petición que la Seguridad Social le denegó.
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En su demanda, dirigida por el despacho Campmany Abogados, el trabajador alegaba que sufría secuelas de haber padecido neumonía por covid, al grado al que requirió ser ingresado en la UCI y con múltiples complicaciones.
Dichas secuelas le habían provocado un grado de discapacidad del 71 por ciento y una situación de dependencia en grado II, precisando ayuda para comer, ir al baño, aseo personal, vestido, transferencias, desplazamientos dentro y fuera del hogar, etc.
En concreto, la secuela principal era una polineuropatía generalizada —enfermedad nerviosa—, que le había generado la pérdida de funcionalidad de brazos y manos y en menor medida, pero también, en las piernas, como acredita el informe forense al que el juzgado otorga la máxima credibilidad por su objetividad.
Ahora, el juzgado ha dictado una sentencia que atiende la demanda al considerar que, con base en “la extensa prueba médica y al informe forense, queda absolutamente acreditado” que es tributario de la gran invalidez, por el elevado grado de disminución así como la dependencia de terceros en los actos más básicos de su vida diaria.
La jueza consideró que “el complemento de gran invalidez debe servir, precisamente, para compensar de alguna manera la inmensa dedicación vital de la esposa del trabajador” para ayudarle en esas tareas de la vida diaria.
Por ello, le concedió este complemento económico de mil 381.64 euros al mes, a lo que se suma su prestación por incapacidad absoluta de 2 mil 443.62 euros, que suma una pensión mensual de 3 mil 825 euros según recoge la sentencia.
LP