¿Qué funciones y cuánto ganará Gustavo Petro como presidente de Colombia?

El próximo mandatario, junto a su vicepresidenta Francia Márquez, asumirán al cargo el próximo 7 de agosto; estas serán sus actividades en el cargo.

Gustavo Petro, próximo presidente de Colombia, junto a su vicepresidenta Francia Márquez. (AP)
Ciudad de México /

Gustavo Petro se convirtió este domingo en el próximo presidente de Colombia tras ganar en segunda vuelta con más de 11 millones de votos, y se convertirá en el primer presidente de izquierda en el país, donde el poder siempre estuvo concentrado en las "elites" empresariales y blancas allegadas hacia Estados Unidos.

A diferencia de otros países presidencialistas en América Latina, en Colombia se divide el poder tanto en un mandatario como en vicepresidente, con sus respectivas funciones. ¿Qué hace el presidente? ¿Cuánto es su salario? ¿Qué funciones tiene la vicepresidencia?

¿Cuánto ganará Gustavo Petro como presidente de Colombia?

De acuerdo con el último informe del Congreso de la República de Colombia publicado en 2020, se estipula un salario de 34 millones 417 mil pesos colombianos (unos 8 mil 800 dólares al año / 178 mil 280 pesos mexicanos), que se desglosan tanto en su asignación básica como en sus gastos de representación y primas de dirección.

Pero el Departamento Administrativo de la Función Pública sí estipula el salario de la vicepresidencia —que será ocupada por la activista afrocolombiana Francia Márquez—, cuyo salario es de 28 millones 408 mil 081 pesos mexicanos (unos 7 mil 270 dólares / 147 mil 160 pesos mexicanos).

El salario de Gustavo Petro como presidente podría ser el cuarto más alto de América Latina, debajo de tres mandatarios: Luis Lacalle Pou de Uruguay (20 mil 956 dólares), Alejandro Giammattei de Guatemala (19 mil 575 dólares), y Gabriel Boric de Chile (10 mil 673 dólares). Incluso, su salario podría superar al del presidente de México, Andrés Manuel López Obrador (8 mil 106 dólares / 162 mil 311 pesos mexicanos, con el sueldo bruto).

¿Qué funciones tendría Gustavo Petro como presidente de Colombia?

Al igual que todos los mandatarios de la región, tiene el poder de enviar proyectos del ley al Congreso, para su valoración, votación y eventual aprobación, la cual la tiene que sancionar para su entrada en vigor. También envía los proyectos de presupuesto, el Plan Nacional de Desarrollo y tiene la facultad de convocar a sesiones extraordinarias del Congreso, así como inaugurar el periodo legislativo.

Es también el máximo jefe de las fuerzas armadas del país, pero debe pedir al Congreso la autorización para el uso de la fuerza pública. Puede nombrar a su gabinete a discreción y sin necesidad del aval del poder legislativo, así como crear y eliminar los ministerios que considere. 

También, tiene la facultad de proponer en la terna la elección del fiscal general, que deberá ser elegido al final por la Corte Suprema de Colombia, así como tres candidatos para la Corte Constitucional, que son plenamente avalados por el Senado. Puede otorgar indultos de acuerdo con la ley. Sin embargo, para la declaración de guerra y la asignación de embajadores en el exteriores, es necesario contar con la aprobación plena del Senado. 

Debido a la Reforma de Equilibrio de Poderes, aprobada en 2015, la reelección presidencial fue nuevamente prohibida, determinando que solamente podría levantarse tal prohibición por medio de una asamblea constituyente o referéndum. Por ello, Gustavo Petro sólo podrá gobernar durante el periodo 2022-2026, durante cuatro años, sin posibilidad de reelección.

¿Y qué funciones tendrá Francia Márquez como vicepresidenta de Colombia?

A diferencia de países como Estados Unidos y Argentina, donde la vicepresidencia también es quien preside el Senado, en Colombia está completamente separado del legislativo. Pero mantiene la misma función: ser el mandatario cuando el presidente esté ausente, muera o sea declarado como incapaz por parte del Congreso.

Las funciones específicas del vicepresidente la República de Colombia se otorgan por Decreto Presidencial y son asignadas por el presidente de turno, ya que fue su compañero de fórmula y no podrá fungir como ministro delegatario, es decir, un encargado de ejercer las funciones constitucionales que le delegue el Presidente de la República cuando éste se desplace a territorio extranjero en ejercicio de su cargo.

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