Justicia de Uruguay sentencia a primer imputado en operación de abuso de menores

La Operación Océano, que sacudió a la sociedad uruguaya a finales de 2019, tiene a 32 imputados que buscaron o tuvieron relaciones sexuales con menores de edad; en el caso hay un feminicidio.

La víctimas de la Operación Océano eran menores de 16 años (Notimex / Archivo).
Editorial Milenio
Montevideo /

La Justicia de Uruguay condenó a dos años de cárcel a uno de los 32 imputados en el marco de la resonada Operación Océano, en la cual se investigan diversos casos de presuntos abusos de menores, a quienes contactaban por internet y aplicaciones.

¿De qué trata la Operación Océano?

Es la investigación judicial que sacudió a Uruguay a finales de 2019. El caso comenzó en el departamento de Maldonado, al sureste de Uruguay, cuando una persona hizo una denuncia por un presunto abuso sexual a una adolescente, y el denunciado llevó adelante una contradenuncia.

Meses después, la desaparición de una joven, quien luego fue encontrada sin vida, y una conexión entre este caso y el primero dio comienzo al resonado caso.

Por esto fue formalizada la investigación de 32 hombres, quienes contactaban a menores, de entre 12 y 16 años, mediante páginas de internet, redes sociales y aplicaciones; donde los abusadores las trasladaban a lugares costosos para cometer el estupro.

La justicia uruguaya, sin embargo, había descarado de que se tratase de una red de personas, pues ninguno de los sospechosos (en que figuraron funcionarios y empresarios) están relacionados bajo un líder, pero que se trataba de un tipo de modus operandi para acerarse a las menores.

Así lo explicó durante una conferencia de prensa la fiscal del caso, Darviña Viera, quien apuntó que la persona deberá cumplir tres meses de prisión domiciliaria total, otros tres meses de prisión domiciliaria nocturna y 18 meses de libertad vigilada.

Además, tendrá que retribuir económicamente a la víctima, a quien nunca llegó a conocer, y no podrá emplearse en ningún labor en la que haya que trabajar con niños, niñas y adolescentes. Según resaltó Viera, este juicio se hizo mediante un proceso abreviado, el cual requiere que el imputado acepte los hechos para luego llegar a un acuerdo con este y su defensa.

El hombre fue condenado por reiterados delitos de "retribución o promesa de retribución a personas menores de edad o incapaces para que ejecuten actos sexuales o eróticos de cualquier tipo", en reiteración real con el 277 bis del Código Penal uruguayo.

Más allá de este caso particular, durante la conferencia de prensa la representante del Ministerio Público adelantó que en muchos casos "la Fiscalía no va a acceder a un proceso abreviado que no sea con pena privativa de libertad".

​La ley indica indica: "El que, mediante la utilización de tecnologías, de internet, de cualquier sistema informático o cualquier medio de comunicación o tecnología de trasmisión de datos, contactare a una persona menor de edad o ejerza influencia sobre el mismo, con el propósito de cometer cualquier delito contra su integridad sexual, actos con connotaciones sexuales, obtener material pornográfico u obligarlo a hacer o no hacer algo en contra de su voluntad será castigado con de seis meses de prisión a cuatro años de penitenciaría".

dmr

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