Las secretarías de Energía (Sener) y de Economía (SE) pusieron a consulta pública una propuesta de Norma Oficial Mexicana para los calentadores solares de agua de baja presión; el proyecto, publicado en el Diario Oficial de la Federación (DOF), busca establecer las condiciones que deberán cumplir estos equipos que se comercializan en el país, incluidos aquellos que cuentan con respaldo de gas LP o gas natural.
El documento firmado por el director general de la Comisión Nacional para el Uso Eficiente de la Energía (Conuee), Israel Jáuregui Nares, junto con la dirección general de Normas de Economía, establece un periodo de 60 días naturales a partir de su publicación para que los interesados presenten sus comentarios en idioma español.
Especificaciones técnicas
De acuerdo con la síntesis del proyecto, la nueva regulación aplicará a los calentadores de agua solares de baja presión, con o sin respaldo de gas lp o gas natural o energía eléctrica.
La normativa abarca los equipos para uso doméstico o comercial, tipo termosifón y autocontenidos, que dispongan de un tanque térmico y que sean importados, fabricados o comercializados dentro del territorio nacional.
El documento detalla que la NOM tiene por objeto establecer los valores mínimos de rendimiento térmico, ahorro de gas, métodos de prueba, etiquetado y las especificaciones de seguridad, además del Procedimiento de Evaluación de la Conformidad.
También señala que busca "la protección a la integridad física, la salud y la vida de los trabajadores en los centros de trabajo, así como en el uso y aprovechamiento de los recursos naturales, según lo previsto en la Ley de Infraestructura de la Calidad".
Proceso de aprobación
Los comentarios de los interesados deberán "dirigirse al Comité Consultivo Nacional de Normalización para la Preservación y Uso Racional de los Recursos Energéticos en sus oficinas ubicadas en la Ciudad de México o a través de los correos institucionales de la Conuee habilitados para tal fin".
AG