El Servicio de Administración Tributaria (SAT) realizó modificaciones al proceso de información comercial para importadores y exportadores.
En un comunicado, la dependencia señaló que este cambio se hizo con el fin de fomentar las operaciones de comercio exterior en beneficio de los agentes aduanales, personas contribuyentes, usuarios, y personas importadoras y exportadoras.
En este tenor, indicó que la Administración General de Aduanas agilizará el reconocimiento de mercancías sujetas a las Normas Oficiales Mexicanas (NOM) de información comercial y la liberación de mercancías retenidas por datos omitidos o inexactos en el etiquetado.
"Con estas acciones, agilizamos el despacho aduanero y reforzamos el abc para aumentar la recaudación, bajar la evasión y elusión fiscal y combatir la corrupción", sostuvo.
Anteriormente, las autoridades aduaneras retenían las mercancías en recintos fiscales y fiscalizados en los términos del artículo 158 de la Ley aduanera, por el incumplimiento del etiquetado1 establecido por la Secretaría de Economía.
Actualmente, en los puntos de entrada y salida al país durante el reconocimiento aduanero, las y los usuarios podrán apegarse evitar que se retengan sus mercancías por fallas o incumplimiento de etiquetado; se les extenderá el beneficio de 30 días para que la o el interesado acredite el cumplimiento de la NOM de información comercial correspondiente, siempre que cumplan con lo dispuesto en la ficha de trámite.
AMP