Desde 1970 los trabajadores tienen derecho a recibir aguinaldo durante el último mes del año, por lo que si no lo recibes antes del 20 de diciembre, que es la fecha límite que estipula el artículo 87 de la Ley Federal del Trabajo, tienes el derecho de exigirlo a las autoridades competentes.
Tu patrón, bajo ninguna circunstancia, no puede argumentar dificultades económicas de la empresa o falta de utilidades para no entregarte esta prestación, alguna reducción o, en todo caso, algún pago en especie como vales de despensa.
Si tu patrón no te pagó tu aguinaldo a tiempo, aquí te decimos qué tienes hacer y dónde debes acudir para denunciar cualquier anomalía.
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¿Dónde presento mi queja?
Si no recibiste tu aguinaldo antes del 20 de diciembre debes acudir a la Procuraduría federal de la defensa del Trabajo (Profedet) o en su caso ante la Procuraduría local de la defensa del Trabajo para presentar un reclamo o denuncia.
La procuradoría ofrece sus números telefónicos 59 98 2000, 800 911 7877, 800 717 29 42 y correo orientacionprofedet@stps.gob.mx.
Con base en el artículo 1002 de la Ley Federal del Trabajo, la sanción a los patrones por la demora del pago va desde los 50 hasta los cinco mil salarios mínimos.
En caso de ser trabajador del Estado, deberás acudir a la Procuraduría de los Trabajadores al Servicio del Estado. El organismo ofrece su correo electrónico contraloriatfca@tfca.gob.mx ante cualquier queja o duda. Si no sabes cuánto te corresponde por ser servidor público aquí lo puedes conocer.
lvm