El Servicio de Administración Tributaria (SAT) ampliará a partir del próximo 1 de octubre el uso del portal Mi Contabilidad a personas físicas que tributen en el régimen de actividades empresariales, servicios profesionales y arrendamiento.
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De acuerdo con información del SAT, Mi Contabilidad, que ya se utiliza desde 2017 en el caso de personas morales, permitirá a los contribuyentes la opción de presentar sus pagos provisionales al elegir “clasificar facturas”.
Con esto, 3.8 millones de personas físicas podrían beneficiarse y tener por cumplido el envío al SAT del archivo de la contabilidad electrónica, además de que ya no será necesario ingresar de forma mensual su información contable, ni presentar la Declaración Informativa de Operaciones con Terceros (DIOT).
En el portal www.sat.gob.mx se podrá encontrar toda la información relacionada con la herramienta de "Mi Contabilidad", así como utilizar los diferentes canales de comunicación con los que cuenta la autoridad para aclarar dudas.
GGA