La Secretaría de Economía publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF), la conclusión del procedimiento administrativo que elimina la cuota compensatoria impuesta a las importaciones de poliéster filamento textil texturizado de China y de India por un año, las cuales son utilizadas para la fabricación de ropa, tapices, asientos automotrices, así como también en dispositivos médicos y otras aplicaciones más.
El procedimiento que declaró concluido la dependencia establecía una cuota compensatoria definitiva impuesta a las importaciones para determinados textiles que ingresaron a través de la fracción arancelaria 5402.33.01 de la Tarifa de la Ley de los Impuestos Generales de Importación y de Exportación (TIGIE).
“Se elimina la cuota compensatoria definitiva de 0.532 dólares por kilogramo a las importaciones de poliéster filamento textil texturizado originarias de China e India, señalada en el punto 1 de la presente Resolución”, indicó.
De acuerdo con lo publicado en el DOF, el producto que fue objeto de la revisión de oficio también se conoce como hilados continuos de filamento textil texturizado o hilo de poliéster texturizado (PTY, por sus siglas en inglés polyester textured yarn) y corresponde a un hilado multifilamento continuo sintético fabricado a partir del poliéster tereftalato de polietileno (PET).
“El producto objeto de la revisión de oficio incluye todas las formas de PFTT, sin importar la textura superficial o la apariencia, la densidad y grosor del hilado (medido en denier o decitex), número de filamentos, número de capas, acabado (lustre o brillo), sección transversal, color, método de teñido, método de texturización o método de empaque (como husillos, tubos o rodillos)”, explicó.
Se detalló que la cuota compensatoria a las importaciones de poliéster filamento textil texturizado de China y de India quedará eliminada a partir del 4 de julio del presente año y se deberá dar aviso de la resolución a la Agencia Nacional de Aduanas de México (ANAM) y al Servicio de Administración Tributaria (SAT) para los efectos legales correspondientes.
PML