Si la industria automotriz, de minería y construcción logran establecer los protocolos y mecanismos en las empresas de acuerdo con los lineamientos de seguridad sanitaria en el entorno laboral, antes del 1 de junio, podrán reiniciar operaciones.
Tras una modificación al acuerdo para la reapertura de las actividades sociales, educativas y económicas, publicado hoy en el Diario Oficial de la Federación (DOF), la Secretaría de Salud establece que: “Si el proceso se logra concluir y se aprueba antes del 1 de junio de 2020, la empresa o industria correspondiente podrá dar inicio a sus operaciones”.
Esta modificación se publica luego de un error en la publicación en el DOF el miércoles pasado y de los cambios en las fechas para el arranque de las nuevas actividades esenciales publicado ayer en el Diario Oficial.
Ante la emergencia sanitaria por covid-19, el gobierno federal estableció que las nuevas actividades consideradas esenciales: la construcción, la minería y la referente a la fabricación de equipo de transporte, podrán iniciar labores el 1 de junio de 2020, este fue el acuerdo que cambió.
La Secretaría de Salud en su estrategia prevé el plazo del 18 al 31 de mayo para que estas industrias implementen los lineamientos de seguridad sanitaria en el entorno laboral, que publique la Secretaría de Salud, en coordinación con las secretarías de Economía y del Trabajo y Previsión Social, así como con el Instituto Mexicano del Seguro Social.
De acuerdo con el consultor Internacional en Comercio Exterior, Inversión y Manufactura de Msquare Consultores, Eduardo Solis, dijo ayer que es necesario que el gobierno federal realice una aclaración en el DOF al acuerdo publicado este 14 de mayo y que permita a la industria automotriz producir de manera gradual.
MRA