Banxico, Hacienda y CNBV dicen no a Banco Azteca; bancos no pueden operar bitcoins

Las autoridades financieras indicaron que las instituciones que ofrezcan estos instrumentos serán sujetos a las sanciones aplicables.

Las instituciones financieras del país no están autorizadas para realizar y ofrecer al público operaciones con activos virtuales| Foto: Especial.
Karen Guzmán
Ciudad de México /

La Secretaría de Hacienda, Banco de México (Banxico) y la Comisión Nacional Bancaria y de Valores (CNBV) alertaron sobre los riesgos de transaccionar con activos virtuales, como el bitcoin y otras criptomonedas, ya que no constituyen una moneda de curso legal en el país ni tampoco son divisas bajo el marco legal vigente, por lo que las instituciones que ofrezcan estos instrumentos serán sujetos a las sanciones aplicables.

Las autoridades financieras reiteran las advertencias emitidas en 2014, 2017 y 2019 sobre los riesgos inherentes a la utilización de los denominados 'activos virtuales' como medio de cambio, como depósito de valor o como otra forma de inversión”.

Esto luego de que el empresario Ricardo Salinas Pliego respaldó el domingo pasado el uso de bitcoin y dijo que trabajan desde Banco Azteca para llevar las criptomonedas a sus clientes como modelo de inversión.

“Es una buena forma de diversificar tu portafolio de inversión y creo que cualquier inversionista debería ponerse a estudiar sobre las criptomonedas y su futuro. En Banco Azteca estamos trabajando para traerlas a nuestros clientes y seguir promoviendo la libertad”, escribió el presidente de Grupo Salinas en su Twitter.

Al respecto, el Banxico indicó que las instituciones financieras del país no están autorizadas para realizar y ofrecer al público operaciones con activos virtuales, tales como Bitcoin, Ehter, XRP y otros, “con el fin de mantener una sana distancia entre estos y el sistema financiero.

Por lo que, quienes emitan u ofrezcan dichos instrumentos, serán responsables por las infracciones a la normativa que ello ocasione y quedarán sujetos a las sanciones aplicables. Además de lo anterior, recientemente se ha realizado anuncios sobre la emisión de las denominadas “monedas estables”. Cabe recordar que la legislación mexicana establece que en ningún caso se entenderá como activo virtual cualquier otro activo denominado en moneda de uso legal o en divisas.

“En México no se ha autorizado la oferta del servicio de manejo de saldos denominados en pesos o divisas derivados la captación de recursos a través de depósitos del público en general, a través de esquemas tecnológicos relacionados con cadenas de bloques o registros distribuidos, denominados “monedas estables”, señaló.

lvm

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