CNBV acelera autorizaciones a empresas para operar bajo la Ley Fintech

Ante el crecimiento que este sector ha registrado durante los últimos años en México, su regulación, bajo la Ley Fintech, se convirtió en un proceso inminente.

Fintech es una industria naciente en la que las empresas usan la tecnología para brindar servicios financieros de manera eficiente. (Shutterstock)
Karen Guzmán
Ciudad de México /

La Comisión Nacional Bancaria y de Valores (CNBV) indicó que en días recientes se han otorgado autorizaciones, sujetas al cumplimiento u observancia de alguna condición, a instituciones de tecnología financiera para operar bajo el marco de la Ley Fintech.

El órgano regulador agregó que esta misma circunstancia pudiera ser aplicable a otras autorizaciones próximas a ser emitidas, toda vez que la mayoría de las solicitudes corresponden a sociedades que actualmente están en operación al amparo de la disposición octava transitoria de la Ley para Regular a Empresas de Tecnología Financiera, mejor conocida como Ley Fintech.

La CNBV se reservó la publicación de las denominaciones de las empresas, hasta en tanto se dé cumplimiento a las condiciones establecidas para otorgarle efectividad a la autorización; sin embargo, recientemente la autoridad financiera dio a conocer que se revisaban 93 solicitudes de plataformas que buscan operar al amparo de la ley.

Pero agregó que diversas sociedades han solicitado prórrogas para solventar requerimientos, que a la fecha, los tiempos de autorización corresponden en sí mismos al caso particular de cada entidad, en el entendido de que la revisión y análisis de los expedientes, se hace en el orden de su recepción e integración.

En un comunicado la CNBV indicó que entre las condiciones que, en su caso, tendrían que cumplir algunas de las sociedades, se encuentra la constitución de nuevas sociedades subsidiarias y la respectiva inscripción en el Registro Público de Comercio; la celebración de actos corporativos que conllevan aumentos en su capital social; redistribuciones accionarias; escisiones, fusiones y modificación de contratos operativos y de gestión.

Lo anterior para acreditar que su organización y funcionamiento es conforme a lo previsto en la normativa aplicable. En el momento en que no existan condiciones pendientes de cumplir, las autorizaciones serán publicadas en el Diario Oficial de la Federación, y en la propia página de la Comisión integrándose al Padrón de Entidades Supervisadas.

​AMP

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