CNE otorga prórroga en cargos de transmisión a generadoras que migren voluntariamente al nuevo modelo eléctrico

No quedarán sujetas a la nueva Metodología de Transmisión entre el 19 de octubre de 2026 y el 6 de octubre de 2028.

Generadoras mantendrán las tarifas entre el 19 de octubre de 2026 y el 6 de octubre de 2028 siempre que soliciten su migración. | Foto: Especial
Yeshua Ordaz
Ciudad de México /
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La Comisión Nacional de Energía (CNE) modificó lineamientos para el cobro del servicio de transmisión de energía eléctrica aplicables a los permisionarios bajo el esquema de la antigua Ley del Servicio Público de Energía Eléctrica (Lspee), y que otorga un periodo de excepción a las empresas generadoras que se sumen al proceso de migración voluntaria.

Según el acuerdo publicado este miércoles en el Diario Oficial de la Federación (DOF) y firmado por el director general del organismo regulator, Juan Carlos Solís Ávila, las centrales de generación eléctrica con contrato de interconexión y convenio de transmisión vigentes bajo el régimen anterior no quedarán sujetas a la nueva Metodología de Transmisión entre el 19 de octubre de 2026 y el 6 de octubre de 2028.

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Para acceder a este esquema temporal, las empresas deberán registrar su manifestación de interés y presentar formalmente la solicitud de migración en los términos previstos por la Secretaría de Energía (Sener).

Durante el lapso de excepción, las permisionarias continuarán operando bajo las condiciones contractuales previas y pagarán las tarifas de transmisión fijadas conforme a la regulación metodológica previa a este acuerdo.

El regulador puntualizó que el beneficio quedará sin efecto antes del plazo límite de octubre de 2028 si la empresa no concluye el trámite de migración, habilita activos físicos para iniciar operaciones directas en el Mercado Eléctrico Mayorista (MEM), pierde la vigencia de su contrato o decide renunciar voluntariamente al periodo de gracia.

En cualquiera de estos supuestos, la CNE notificará a la compañía para que comience a pagar de forma inmediata la nueva tarifa regulada o las contraprestaciones del Mercado Eléctrico Mayorista a partir del siguiente periodo de facturación.

El ajuste normativo deriva de la revisión tarifaria ordenada tras las reformas a la Ley del Sector Eléctrico y la Ley de la Comisión Nacional de Energía, aprobadas en el marco del nuevo régimen de áreas estratégicas del Estado.

PSAJ

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